Sentencias relevantes en materia de Derechos Humanos: LGBTI+

Datos de la Sentencia:
Amparo en Revisión 735/2014

Tema

Derecho a la igualdad y no discriminación

Sinópsis

En el presente asunto se demandaron algunas disposiciones del Código Civil del Estado de Colima por estimarse contrarias a la Constitución Federal.

La Primera Sala determinó que las normas que restringen el matrimonio entre un solo hombre y una sola mujer, atenta contra la autodeterminación de las personas y del derecho al libre desarrollo de la personalidad de cada individuo.

Datos de la Sentencia:
Amparo en Revisión 122/2014

Tema

Derecho a la igualdad y no discriminación

Sinópsis

En el presente caso se demandaron algunos artículos del Código Civil del Estado de Baja California relativos al matrimonio, por considerarse inconstitucionales.

La Primera Sala determinó que la norma legal al restringir el matrimonio entre un solo hombre y una sola mujer, atenta contra la autodeterminación de las personas y del derecho al libre desarrollo de la personalidad de cada individuo.

Datos de la Sentencia:
Amparo en Revisión 263/2014

Tema

Derecho a la igualdad y no discriminación

Sinópsis

En el presente caso se alega la inconstitucionalidad de algunas disposiciones del Código Civil del Estado de Sinaloa que establecen que el matrimonio debe ser entre un solo hombre y una sola mujer, por considerarse discriminatorio.

La Primera Sala determinó que la norma legal impugnada atenta contra la autodeterminación de las personas y del derecho al libre desarrollo de la personalidad de cada individuo. Asimismo, discrimina por orientación sexual a las parejas del mismo sexo pues establece una diferencia arbitraria contraria al artículo 1° y a los criterios de la Corte Interamericana sobre la no discriminación ya que no existe ninguna justificación razonable dentro de un Estado democrático para establecer dicha diferencia.

Datos de la Sentencia:
Amparo en Revisión 704/2014

Tema

Derecho a la igualdad y no discriminación

Sinópsis

Una persona demandó la inconstitucionalidad de algunos artículos del Código Civil del Estado de Colima, relativos al matrimonio, pues los considero discriminatorios.

La Primera Sala determinó que la norma legal al restringir el matrimonio, solo entre un solo hombre y una sola mujer, atenta contra la autodeterminación de las personas y del derecho al libre desarrollo de la personalidad de cada individuo.

Datos de la Sentencia:
Amparo en Revisión 483/2014

Tema

Derecho a la igualdad y no discriminación

Sinópsis

En el presente caso, se demandó la inconstitucionalidad de algunas disposiciones del Código Civil del Estado de Sinaloa relativas al matrimonio, pues se consideraron discriminatorias.

La Primera Sala determinó que la norma legal impugnada que restringe el matrimonio solo entre un solo hombre y una sola mujer, atenta contra la autodeterminación de las personas y del derecho al libre desarrollo de la personalidad de cada individuo.

Datos de la Sentencia:
Acción de Inconstitucionalidad 8/2014

Tema

Derecho a la igualdad y no discriminación

Sinópsis

Una pareja homoparental deseaba adoptar un hijo pero les fue negado ese derecho.

El Pleno estableció que en casos de adopción, la orientación sexual de las personas no es un elemento relevante a tomar en cuenta para formar o completar una familia. Lo importante es conocer si son idóneas, si cuentan con las características, virtudes y cualidades para brindar una familia a los menores de edad. Es fundamental considerar el interés superior de infante, y que éste se forme en un ambiente en el cual reciba afecto, cuidados, educación y condiciones adecuadas para su desarrollo. Por tanto, es inconstitucional que a las parejas homoparentales se les prohíba la adopción.

Datos de la Sentencia:
Amparo en Revisión 485/2013

Tema

Derecho a la Igualdad y no discriminación

Sinópsis

Una persona solicitó una pensión respecto a su pareja del mismo sexo, pero le fue negada.

La Segunda Sala determinó que la Ley del Seguro Social (LSS) debe interpretarse y aplicarse no en su texto literal sino en el sentido de permitir el acceso al seguro de enfermedades y maternidad al cónyuge o concubino del asegurado con independencia de si se trata de matrimonios o concubinatos de diferente o del mismo sexo; lo anterior, en el entendido de que, tratándose de concubinato, deberán cumplirse los requisitos que para tal efecto prevé la propia LSS.

Datos de la Sentencia:
Amparo en Revisión 152/2013

Tema

Derecho a la igualdad y no discriminación

Sinópsis

Varias parejas del mismo sexo demandaron la inconstitucionalidad del artículo 143 del Código Civil del Estado de Oaxaca, al establecer al matrimonio como un contrato entre “un solo hombre y una sola mujer” y que tiene por objeto “perpetuar la especie”.

La Primera Sala determinó que la norma legal impugnada atenta contra la autodeterminación de las personas y del derecho al libre desarrollo de la personalidad de cada individuo. Así, se declararon inconstitucionales algunas disposiciones del Código en estudio.

Datos de la Sentencia:
Amparo en Revisión 581/2012

Tema

Derecho a la igualdad y no discriminación

Sinópsis

Una pareja del mismo sexo acude al Registro Civil del estado Oaxaca para solicitar contraer matrimonio, sin embargo, se les niega esto con el fundamento en el artículo 143 del Código Civil del Estado, pues este contempla el matrimonio únicamente entre un hombre y una mujer.

La Primera Sala estableció que la disposición que define al matrimonio como la unión entre un hombre y una mujer para perpetuar la especie, incurre en una omisión que impide la igualdad real de oportunidades al dejar en desventaja a las familias homoparentales en cuanto a la protección de su organización y desarrollo, toda vez que la distinción se apoya en las preferencias sexuales de las personas, por lo que la medida legislativa es discriminatoria.

Datos de la Sentencia:
Amparo en Revisión 567/2012

Tema

Derecho a la igualdad y no discriminación

Sinópsis

En el presente caso se alega la inconstitucionalidad por discriminación del artículo 143 del Código Civil de Oaxaca que establece que el matrimonio debe ser entre un solo hombre y una sola mujer y la omisión a la protección de las familias homoparentales establecida en el artículo 4 constitucional.

La Primera Sala determinó que la norma legal impugnada atenta contra la autodeterminación de las personas y del derecho al libre desarrollo de la personalidad de cada individuo. Asimismo, discrimina por orientación sexual a las parejas del mismo sexo pues establece una diferencia arbitraria contraria al artículo 1° y a los criterios de la Corte Interamericana sobre la no discriminación ya que no existe ninguna justificación razonable dentro de un Estado democrático para establecer dicha diferencia.