Sentencias relevantes en materia de Derechos Humanos: DESCA

Datos de la Sentencia:
Amparo en Revisión 635/2019

Tema

Derecho a una vida digna

Sinópsis

Una asociación civil reclamó al Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI) la omisión de emitir información en relación con el número de asentamientos humanos informales o irregulares que existen en México, pues la falta de esta información resulta contraria al derecho humano a una vivienda digna pues, sin ella, es imposible diseñar las políticas públicas necesarias para proteger ese derecho humano.

La Primera Sala de la SCJN determinó que el INEGI debe realizar los censos y acciones necesarias para recabar la información que se le solicita, toda vez que es atribución del instituto generar la información estadística y geográfica, idónea, pertinente y eficaz, para que las autoridades implementen, de manera óptima, las políticas públicas necesarias en aquellos sectores de la población más desprotegidos, como lo son, los habitantes de los asentamientos informales o irregulares. Así, el Estado puede cumplir con su obligación de proteger, de la mejor manera, los derechos humanos.

Datos de la Sentencia:
Contradicción de Tesis 200/2020

Tema

Derechos laborales

Sinópsis

Este asunto permitió determinar si para la cuantificación de la pensión por jubilación, debe aplicarse la Unidad de Medida y Actualización (UMA), o bien, el salario mínimo. Al respecto, la Segunda Sala de la SCJN señaló que de conformidad con la Constitución Federal y la Ley del ISSSTE (la abrogada y la vigente), el tope máximo de la pensión deberá calcularse con base en la UMA. Este asunto deriva de la reforma constitucional en materia de desindexación del salario.

Datos de la Sentencia:
Acción de Inconstitucionalidad 111/2019

Tema

Derecho al trabajo

Sinópsis

La Comisión Nacional de los Derechos Humanos demandó la invalidez de diversas disposiciones de la Ley Orgánica de la Fiscalía General del Estado de Quintana Roo, al considerarlas contrarias a la Constitución Federal.

El Pleno de la SCJN invalidó diversas disposiciones de la ley en comento. En primer lugar, aquellas que exigían ser mexicano por nacimiento y no contar con otra nacionalidad para ocupar algunos cargos públicos específicos, ya que las entidades federativas no tienen competencia para exigir esos requisitos. También se invalidaron las disposiciones que contemplaban como requisito para acceder a determinados cargos públicos no haber sido inhabilitado o destituido, ni estar sujeto a procedimiento de responsabilidad administrativa federal o local, pues violan el derecho a acceder a un cargo público y el derecho a la presunción de inocencia.

Datos de la Sentencia:
Acciones de Inconstitucionalidad 67/2018 y su acumulada 69/2018

Tema

Derecho al trabajo

Sinópsis

La Comisión Nacional de Derechos Humanos y la Comisión Estatal de los Derechos Humanos de Michoacán, demandaron la invalidez de diversas disposiciones del Decreto 611 por el que se reformaron las Leyes Orgánica del Poder Judicial, de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales, de la Comisión Estatal de los Derechos Humanos, Orgánica y de Procedimientos y del Código Electoral, todos del mencionado Estado. Lo anterior porque consideraron que se violaban diversos derechos humanos consagrados en la Constitución Federal.

El Pleno de la SCJN validó el requisito de tener una edad mínima de 30 años para ocupar el cargo de contralor interno, al considerar que no se vulnera el principio de igualdad y no discriminación, pues al aplicar el test de proporcionalidad se concluye que la norma persigue un fin constitucionalmente válido, es idónea, necesaria y proporcional, porque quienes ocupen esos cargos deben contar con cierto nivel de madurez y experiencia, que les permita realizar la función encomendada conforme al principio de eficiencia.

Datos de la Sentencia:
Amparo Directo 8/2020

Tema

Derecho a un medio ambiente sano y derecho a una consulta previa

Sinópsis

La colectividad del fraccionamiento de Santa Anita Hills, ubicado en un área natural protegida en Tlajomulco de Zúñiga del Estado de Guadalajara, promovió diversas acciones colectivas demandando el pago de reparación de daños causados al medio ambiente y la cancelación de un desarrollo inmobiliario, argumentando que la construcción en una zona de Bosque Alto puede causar un daño severo al medio ambiente.

La Primera Sala de la SCJN determinó que la demanda colectiva en contra del fraccionamiento es procedente, por lo que el tribunal de conocimiento deberá emitir una nueva sentencia en la que tome en cuenta los derechos de 300 residentes que colindan con Santa Anita Hills.

Datos de la Sentencia:
Amparo en Revisión 226/2020

Tema

Derecho a la salud

Sinópsis

Un hombre con VIH promovió amparo en contra del Hospital General Regional Número 1, en Querétaro, del Instituto Mexicano del Seguro Social, ante la falta de suministro ininterrumpido de sus medicamentos antirretrovirales para el tratamiento de su enfermedad. El juez de conocimiento sobreseyó el juicio pues consideró que no se acreditó la omisión reclamada, sin embargo, el quejoso interpuso recurso.

La Primera Sala de la SCJN resolvió que el hospital, al no haber proporcionado el tratamiento antirretroviral sin interrupciones, transgredió el derecho humano a la salud, en relación con la vida e integridad personal de éstos, pues fue omiso en el cumplimiento de diversas garantías propias del estándar de protección del derecho humano a la salud (disponibilidad, accesibilidad, aceptabilidad y calidad). Adicionalmente, representa un peligro para la vida e integridad de las personas y conlleva el incumplimiento de la obligación estatal de avanzar lo más expedita y eficaz posible hacia la realización del derecho a la salud, tomando en consideración el máximo de los recursos de que dispone. Por lo anterior, se ordenó al hospital proveer al hombre de forma oportuna, permanente y constante, mientras sea derechohabiente, sin interrupciones, los medicamentos para su tratamiento antirretroviral, entregándole los medicamentos adecuados, ya sean originales o genéricos. En caso de carecer de los recursos necesarios para su entrega, se debe de demostrar que el hospital ha realizado su mayor esfuerzo para utilizar la totalidad de los recursos que están a su disposición para lograr dicho abastecimiento.

Datos de la Sentencia:
Acciones de Inconstitucionalidad 59/2019 y su acumulada 60/2019

Tema

Derecho a la libertad de trabajo

Sinópsis

La Fiscalía General de la República y la Comisión Nacional de Derechos Humanos demandaron la invalidez de diversas disposiciones del Código Penal para el Estado de Jalisco y de la Ley de Compras Gubernamentales, Enajenaciones y Contrataciones de Servicios del mencionado Estado y sus Municipios, al considerarlas contrarias a la Constitución Federal.

El Pleno de la SCJN invalidó el artículo que establecía que, para los responsables de delitos de corrupción correspondía la inhabilitación perpetua para trabajar en el servicio público, así como para participar en adquisiciones, arrendamientos, concesiones, servicios u obras públicas, cuando el monto de la afectación o beneficio obtenido por la comisión del delito excediera un valor especifico. Lo anterior, al considerar que la sanción de inhabilitación se traducía en una pena excesiva y desproporcional, que afectaba en grado predominante a la libertad de trabajo, el derecho de acceso a los cargos públicos y el derecho a ser votado, generando un efecto estigmatizante en la persona y que, por tanto, resultaba contraria a los artículos 18 y 22 constitucionales. Por las mismas razones, se invalidó el artículo que preveía la inhabilitación perpetua como sanción para particulares, en el mismo supuesto de delitos por hechos de corrupción.

Datos de la Sentencia:
Amparo en Revisión 47/2020

Tema

Derechos laborales

Sinópsis

La Segunda Sala hizo de su conocimiento diversos amparos en revisión cuya materia de estudio en términos generales fueron: i) Autonomía y libertad sindical; ii) Contenido de los estatutos de los sindicatos; iii) Regulación de las actividades y conformación de los organismos sindicales; iv) Cuotas, libertad sindical, sanciones, elecciones, administración del patrimonio gremial, autoridades, asociación y negociación colectiva y, v) Mecánica para la elección de directivas sindicales. A pesar de que la Corte negó los amparos, la Segunda Sala reiteró la constitucionalidad de diversos artículos de la Ley Federal del Trabajo, relativos a promover prácticas democráticas, de transparencia y rendición de cuentas al interior de las organizaciones sindicales. Las resoluciones dictadas sirvieron como base para establecer jurisprudencia por reiteración de criterios conforme a la Ley de Amparo.

Datos de la Sentencia:
Amparo en Revisión 228/2020

Tema

Derecho a la salud

Sinópsis

En el caso, una persona con VIH asegurado del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), solicito a un Hospital General de Querétaro, tabletas del medicamento antirretroviral, “Etravirina”, como parte de su tratamiento. En la receta se especificó que el paciente debía cumplir una dosis de 2 tabletas cada 24 horas por un mes. El hombre que acudió a solicitar la siguiente dosis mensual del medicamento, pero no le fue entregado por falta de disponibilidad. Así, el hombre consideró que se puso en peligro su derecho a la vida, a la protección de la salud, así como a la integridad personal, por lo que, dada su situación de vulnerabilidad como paciente con VIH y con el fin de evitar sucesivas dilaciones en el suministro de un medicamento que requiere para su tratamiento.

La Primera Sala señaló que el Hospital General trasgredió el derecho humano a la salud, en relación con la vida e integridad personal, al ser omisa en el cumplimiento de diversas garantías propias del estándar de protección del derecho humano a la salud, relativas al suministro oportuno, constante y permanente de medicamentos. Así, el Hospital responsable no se ocupó de contar con un medicamento que es esencial para el tratamiento de personas con VIH/SIDA, de modo que incumplió con su obligación de adoptar medidas de carácter inmediato, pues fue omisa en facilitar al recurrente el medicamento. La Primera Sala de la SCJN decidió amparar al quejoso a fin de que la autoridad responsable 1) Provea de forma oportuna, permanente y constante al quejoso, mientras sea derechohabiente, sin interrupciones, de los medicamentos para su tratamiento antirretroviral, y 2) Garantice con carácter prioritario el derecho humano a la salud del quejoso, de tal manera que se cumpla con la secuencia continua de prevención, tratamiento, atención y apoyo en función de su padecimiento.

Datos de la Sentencia:
Amparo en Revisión 49/2020

Tema

Derechos laborales

Sinópsis

La Segunda Sala hizo de su conocimiento diversos amparos en revisión cuya materia de estudio en términos generales fueron: i) Autonomía y libertad sindical; ii) Contenido de los estatutos de los sindicatos; iii) Regulación de las actividades y conformación de los organismos sindicales; iv) Cuotas, libertad sindical, sanciones, elecciones, administración del patrimonio gremial, autoridades, asociación y negociación colectiva y, v) Mecánica para la elección de directivas sindicales. A pesar de que la Corte negó los amparos, la Segunda Sala reiteró la constitucionalidad de diversos artículos de la Ley Federal del Trabajo, relativos a promover prácticas democráticas, de transparencia y rendición de cuentas al interior de las organizaciones sindicales. Las resoluciones dictadas sirvieron como base para establecer jurisprudencia por reiteración de criterios conforme a la Ley de Amparo.