Sentencias relevantes en materia de Derechos Humanos:

Datos de la Sentencia:
Acción de Inconstitucionalidad 117/2020

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Sinópsis

La CNDH demando la invalidez del artículo 9, fracción V, de la Ley de Adopciones del Estado de Chihuahua, por considerarla contraria a la Constitución Federal.

El Pleno invalidó el artículo en comento que establecía como requisito el “no haber recibido condena por delitos dolosos” para ejercer profesiones de trabajo social y psicología o carreras afines en las instituciones públicas o privadas que realicen estudios socioeconómicos, psicológicos e informes psicosociales en materia de adopción. Lo anterior, al considerar que dicha fracción resultaba contraria al derecho de igualdad y no discriminación, pues su formulación era en extremo general, al comprender a cualquier persona condenada por cualquier delito doloso, aun cuando no guardara relación con la función a encomendar. Además, la norma tampoco acotaba la gravedad del delito o la pena impuesta, con lo que se incluía incluso aquellos delitos a cuya comisión correspondiera una pena no privativa de libertad.

Datos de la Sentencia:
Acción de Inconstitucionalidad 125/2019

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Sinópsis

La CNDH demando la invalidez del artículo 14 D, fracción IX, de la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado de Jalisco, por considerarlo contrario a la Constitución Federal.

El Pleno declaró la invalidez del artículo en comento que establecía como requisito para ocupar el cargo de Director del Centro de Evaluación de Control de Confianza de dicho Poder, no haber sido sancionado por una autoridad administrativa federal, estatal o municipal o, en su caso, por el Consejo de la Judicatura, con motivo de una queja o un procedimiento de responsabilidad administrativa iniciado de oficio. Lo anterior al determinarse que la norma restringía el acceso a un empleo público, al excluir, por igual y de manera genérica, a cualquier persona que hubiese sido sancionada administrativamente, por cualquier motivo y en cualquier momento, lo que no permitía valorar si la infracción cometida tenía o no una relación directa con las capacidades necesarias para ejercer el cargo. Se concluyo que para el acceso a los cargos públicos, debe tomarse en cuanta el perfil idóneo para el desempeño eficiente de la respectiva función y ser razonables y no discriminatorias.

Datos de la Sentencia:
Acción de Inconstitucionalidad 101/2019

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Sinópsis

El INAI demandó la invalidez de diversos artículos de la Ley de Archivos de Colima, por considerarlos contrarios a la Constitución Federal.

En lo que interesa, el Pleno de la SCJN invalidó el artículo 80, fracción III de la ley impugnada, el cual exige como requisito para el cargo de Director General no haber sido condenado por la comisión de algún delito doloso, lo cual es contrario a los derechos de igualdad y no discriminación.

Datos de la Sentencia:
Acción de inconstitucionalidad 276/2020

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Sinópsis

El INAI demandó la invalidez de diversas disposiciones de la Ley de Archivos para el Estado de Sonora, al considerarlas contrarias a la Constitución Federal.

En lo que interesa, el Pleno de la SCJN declaró la invalidez del artículo 33 de la ley en comento, por incumplir con el mandato de homogeneidad, ya que establecía supuestos distintos a los previstos en el diverso 38 de la Ley General de Archivos para acceder a la información de documentos con valores históricos que no hayan sido transferidos a un archivo histórico y contengan datos personales sensibles. Asimismo, invalido el artículo 103, fracción II, en tanto que el Director General del Archivo local tiene prohibido desempeñar algún otro empleo, cargo o comisión, excepto los del ámbito docente, científico o de beneficencia, categorías a las que no corresponde el señalado órgano de gobierno, por lo que no podía fungir como Secretario Ejecutivo del órgano de gobierno.

Datos de la Sentencia:
Amparo en Revisión 129/2019

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Sinópsis

Una persona moral promovió un amparo contra actos del Congreso del Estado de Tabasco y de otras autoridades, consistentes en la expedición y aplicación de diversas disposiciones del Código Civil del Estado de Tabasco, pues se estiman inconstitucionales.

El Pleno de la SCJN concluyó el análisis del presente asunto que es inconstitucional la fracción I del artículo 380 Bis 5, donde se preveía como requisito para la suscripción del contrato de gestación que los contratantes sean ciudadanos mexicanos, pues eso resulta violatorio a los principios de igualdad y no discriminación, así como del derecho a la libertad de comercio, previstos en los artículos 1o. y 5o. de la Constitución General. Por lo anterior, la SCJN concedió el amparo y protección de la justicia federal para el efecto de que las normas que han sido consideradas inconstitucionales no sean aplicadas a la persona moral quejosa.

Datos de la Sentencia:
Acción de Inconstitucionalidad 140/2019

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Sinópsis

El INAI demandó la invalidez de diversas disposiciones de la Ley de Archivos para el Estado de Hidalgo, por considerarlas contrarias a la Constitución Federal, así como la existencia de omisiones legislativas.

En lo que interesa, el Pleno de la SCJN, al analizar la constitucionalidad de las disposiciones de la Ley en comento, declaró la invalidez del artículo 100, fracción I, por vulnerar el derecho de todo ciudadano mexicano a ser nombrado en condiciones de igualdad para cualquier empleo o comisión público, al imponer el requisito de ser ciudadano hidalguense para ocupar el cargo de Director General del Archivo General del Estado.

Datos de la Sentencia:
Acción de Inconstitucionalidad 118/2020

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Sinópsis

La CNDH demando la invalidez del artículo 13, apartado A, fracción IV, de la Ley que establece el Servicio de Administración Tributaria de Tamaulipas, por considerarlo contrario a la Constitución Federal.

El Pleno de la SCJN invalidó la porción normativa del artículo 13, apartado A, fracción IV, de la ley en cuestión, donde, como uno de los requisitos para ser titular de la jefatura de dicha institución, se preveía: “No haber sido sentenciado por delito doloso que haya ameritado pena privativa de la libertad por más de un año”. Lo anterior porque la porción normativa infringía los derechos de igualdad y no discriminación, al establecer un requisito que para el acceso a un empleo público excluía de manera genérica a cualquier persona que hubiera sido condenada a una pena de prisión de más de 1 año a causa de un delito doloso, sin que tuviera una relación directa, clara e indefectible, para el necesario cumplimiento del fin constitucionalmente válido de crear un filtro estricto de acceso a un cargo público, pues no existe base objetiva para determinar que una persona sin ese tipo de condena penal ejercerá sus actividades de Jefe de SATTAM con rectitud, probidad y honorabilidad.

Datos de la Sentencia:
Acción de Inconstitucionalidad 106/2019

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Sinópsis

La CNDH demando la invalidez de diversas disposiciones de la Ley Orgánica de la Fiscalía General de Justicia del Estado de Tamaulipas, al considerarlas contrarias a la Constitución Federal.

El Pleno declaró la invalidez de las porciones normativas que establecían como requisito para ocupar los cargos de Vicefiscal y titular de una Fiscalía Especializada, que la persona no estuviera sujeta a proceso penal, contenidas en los artículos 21, fracción IV, y 24, fracción IV, de la ley en estudio. Se estimó que tal exigencia, al referirse a un procedimiento penal que no ha sido resuelto mediante sentencia firme, en la que se haya determinado la plena responsabilidad penal de la persona que aspira a ocupar los cargos públicos, resulta violatoria del derecho humano a la presunción de inocencia, tutelado en el artículo 20, apartado B, fracción I, de la Constitución Federal y 8.2 de la CADH. Por esas mismas razones, se invalidó por extensión, la porción del artículo 44, fracción V, en la parte que establecía como requisito para ocupar el cargo de titular de la Comisaría General de Investigación, no estar vinculado a proceso por delito doloso. Por otro lado, se invalidaron los artículos 21, fracción VI y 24, fracción VI, donde se establecía como requisito para ocupar los cargos antes señalados, “No haber sido suspendido, destituido ni inhabilitado por resolución firme, en los términos de las normas relativas a las responsabilidades administrativas de los servidores públicos”. Ello al considerar que, de acuerdo con sus precedentes, tales porciones resultaban violatorias del principio de igualdad, al ser sobre inclusivas y discriminatorias. Finalmente, se validó el artículo 67, en la porción normativa que establecía que “la información contenida en los expedientes y reportes de resultados de los exámenes de evaluación, será considerada como información reservada”, pues, conforme a una interpretación sistemática de la ley, para poder reservar dicha información los sujetos obligados deben observar los procedimientos y principios contenidos en el artículo 6 de la Constitución Federal, la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública y demás normatividad aplicable, como la prueba de daño.

Datos de la Sentencia:
Acción de Inconstitucionalidad 263/2020

Tema

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Sinópsis

La CNDH demando la invalidez del artículo 20, fracción III, de la Ley en Materia de Desaparición de Personas para el Estado de Nayarit, por considerarlo contrario a la Constitución Federal.

El Pleno de la SCJN invalidó el artículo 20, fracción III de la ley en referencia, que establecía como requisito para ser titular de la Comisión de Búsqueda local, no haber sido condenado por la comisión de un delito doloso o inhabilitado como servidor público. Al respecto, se determinó, conforme a precedentes, que el mencionado requisito vulneraba el derecho de igualdad y no discriminación, previsto en el artículo 1º de la Constitución Federal, pues excluía genéricamente a cualquier persona condenada por la comisión de un delito doloso, aun cuando ello no guardara relación alguna con la función a desempeñar. Además, por lo que se refiere a la condición de no haber sido inhabilitado como servidor público, se determinó que resultaba contraria al derecho de igualdad, pues constituía una exigencia sobreinclusiva, que no guarda una relación razonable con el perfil adecuado para el tipo de funciones que conlleva el cargo.

Datos de la Sentencia:
Acción de Inconstitucionalidad 50/2021

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Sinópsis

La CNDH demando la invalidez del artículo 12, fracción VI, de la Ley Número 652, para la elección de Comisarías Municipales del Estado de Guerrero, por considerarlas contrarias a la Constitución Federal.

El Pleno invalidó la fracción VI del artículo 12 de la ley en comento que exigía como requisito para ocupar el cargo de comisaria o comisario el no haber sido condenada o condenado por delito intencional, pues dicho requisito violaba el derecho de igualdad y no discriminación previsto en el artículo 1º de la Constitución Federal. Además, se destacó que el precepto no tenía una relación directa, clara e indefectible para el necesario cumplimiento del fin constitucionalmente válido de crear un filtro estricto de acceso a un cargo público, ya que no existe una base objetiva para determinar que una persona sin ese tipo de condena penal ejercerá sus actividades de comisario municipal con rectitud, probidad y honorabilidad. Así, en vía de consecuencia y para salvaguardar la total eficacia del fallo, el Pleno invalidó por extensión el artículo 200, fracción V, de la Ley Orgánica del Municipio Libre del Estado de Guerrero, que imponía como requisito para ser comisario municipal el “No haber sido condenado por delito intencional.