Sentencias relevantes en materia de Derechos Humanos:
Datos de la Sentencia:
Acción de Inconstitucionalidad 164/2021
Tema
Requisitos para acceder a cargos públicos
Sinópsis
La CNDH demandó la invalidez de diversas disposiciones de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado de Baja California Sur, al considerarlas contrarias a la Constitución Federal.
El Pleno invalidó los artículos 68, fracción IV, que establecía como requisito “No haber sido condenado por delito doloso que merezca pena privativa de libertad”, para ocupar el cargo de Oficial Mayor del Congreso local; 72, fracción III, en sus porciones normativas “no haber sido condenado por delito intencional que amerite pena privativa de libertad; pero si se tratare de robo, fraude, falsificación, abuso de confianza u otro que lastime seriamente la buena fama pública, quedará inhabilitado para el cargo, cualquiera que haya sido la pena”, para ser Contralor de dicho poder; 78, fracción IV, en su porción normativa “no haber sido condenado por delito doloso que amerite pena corporal de más de un año de prisión; pero si se tratare de robo, fraude, falsificación, abuso de confianza u otro que lastime seriamente la buena fama en el concepto público, en cualesquier caso que haya sido la pena”, para ser asesor del Instituto de Estudios Legislativos; y, 259 fracción V, de contenido similar a los dos anteriores, para ser titular de la Unidad de Transparencia. Al respecto, el Pleno reiteró los criterios establecidos en diversos precedentes, en el sentido de que los requisitos consistentes en no haber sido condenado por cierto tipo de delitos o sancionado administrativamente, resultaban inconstitucionales por no superar un escrutinio ordinario, a la luz del derecho a la igualdad y los requisitos de gozar de solvencia moral y buena fama vulneraban el derecho de seguridad jurídica, al usar términos indeterminados e imprecisos.
Datos de la Sentencia:
Acción de Inconstitucionalidad 157/2017
Tema
Requisitos para acceder a un trabajo
Sinópsis
La Comisión Nacional de los Derechos Humanos demandó el artículo 309, fracción I, de la Ley de Transporte y Movilidad Sustentable para el Estado de Coahuila de Zaragoza, que establecía como requisito para ser titular del Registro Público de Transporte, el “no tener antecedentes penales”, sin hacer distinción o excepción alguna.
El Pleno de la SCJN invalidó la disposición en referencia ya que se violan los principios de igualdad y no discriminación.