Número de Registro: 2018751
PERSONAS, PUEBLOS Y COMUNIDADES INDÍGENAS. LA PROTECCIÓN QUE EXIGE EL ARTÍCULO 2o., APARTADO A, FRACCIÓN VIII, DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, IMPLICA EL RECONOCIMIENTO DE DISTINTOS SISTEMAS NORMATIVOS CONFORMADOS POR DISPOSICIONES JURÍDICAS NACIONALES E INTERNACIONALES Y USOS Y COSTUMBRES DE AQUÉLLOS.
Localización: [TA]; 10a. Época; 1ª Sala; Gaceta S.J.F.; 7 de diciembre de 2018; Materia(s): Constitucional; 1a. CCXCVI/2018 (10a.)
Número de Registro: 2018750
PERSONAS, PUEBLOS Y COMUNIDADES INDÍGENAS. EXIGENCIAS PARA EL ACCESO A LA JUSTICIA PENAL DESDE UNA PERSPECTIVA INTERCULTURAL.
Localización: [TA]; 10a. Época; 1ª Sala; Gaceta S.J.F.; 7 de diciembre de 2018; Materia(s): Constitucional; 1a. CCCI/2018 (10a.)
Número de Registro: 2018749
PERSONAS INDÍGENAS. EL ACCESO A LA JUSTICIA, DE ACUERDO CON LO PREVISTO EN LA FRACCIÓN VIII DEL ARTÍCULO 2o. DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS.
Localización: [TA]; 10a. Época; 1ª Sala; Gaceta S.J.F.; 7 de diciembre de 2018; Materia(s): Constitucional; 1a. CCXCVII/2018 (10a.)
Número de Registro: 2018748
PERSONAS INDÍGENAS. DERECHO APLICABLE CUANDO INTERVIENEN EN UN PROCESO JUDICIAL.
Localización: [TA]; 10a. Época; 1ª Sala; Gaceta S.J.F.; 7 de diciembre de 2018; Materia(s): Constitucional; 1a. CCXCVIII/2018 (10a.)
Número de Registro: 2018747
PERSONAS INDÍGENAS. CRITERIOS DE APLICABILIDAD DE LAS NORMAS DE DERECHO CONSUETUDINARIO INDÍGENA
Localización: [TA]; 10a. Época; 1ª Sala; Gaceta S.J.F.; 7 de diciembre de 2018; Materia(s): Constitucional; 1a. CCCLII/2018 (10a.)
Número de Registro: 2018697
INTERPRETACIÓN INTERCULTURAL. ALCANCE DE LAS PROTECCIONES DE LA FRACCIÓN VIII DEL ARTÍCULO 2o. CONSTITUCIONAL.
Localización: [TA]; 10a. Época; 1ª Sala; Gaceta S.J.F.; 7 de diciembre de 2018; Materia(s): Constitucional; 1a. CCXCIX/2018 (10a.).
Número de Registro: 2011780
PUEBLOS INDÍGENAS. EL DERECHO QUE TIENEN A EMPLEAR Y PRESERVAR SU LENGUA INCIDE EN EL DERECHO FUNDAMENTAL DE LIBERTAD DE EXPRESIÓN.
Localización: [TA]; 10a. Época; 1ª Sala; Gaceta S.J.F.; Libro 31, Junio de 2016; Tomo I; Pág. 706. 1a. CLI/2016 (10a.).
Número de Registro: 2011779
PUEBLOS INDÍGENAS. EL DERECHO QUE TIENEN A EMPLEAR Y PRESERVAR SU LENGUA INCIDE EN EL DERECHO A LA NO DISCRIMINACIÓN.
Localización: [TA]; 10a. Época; 1ª Sala; Gaceta S.J.F.; Libro 31, Junio de 2016; Tomo I; Pág. 705. 1a. CL/2016 (10a.).
Número de Registro: 2011778
PUEBLOS INDÍGENAS. EL DERECHO QUE TIENEN A EMPLEAR Y PRESERVAR SU LENGUA CONSTITUYE UN DERECHO SOCIAL O CULTURAL CON INCIDENCIA INDIVIDUAL Y COLECTIVA.
Localización: [TA]; 10a. Época; 1ª Sala; Gaceta S.J.F.; Libro 31, Junio de 2016; Tomo I; Pág. 705. 1a. CXLVII/2016 (10a.).
Número de Registro: 2011777
PUEBLOS INDÍGENAS. EL DERECHO HUMANO A PRESERVAR Y EMPLEAR SU LENGUA DEMANDA ACCIONES POSITIVAS A CARGO DEL ESTADO.
Localización: [TA]; 10a. Época; 1ª Sala; Gaceta S.J.F.; Libro 31, Junio de 2016; Tomo I; Pág. 704. 1a. CLII/2016 (10a.).
Número de Registro: 2011776
PUEBLOS INDÍGENAS. EL DERECHO A PRESERVAR Y EMPLEAR SU LENGUA TIENE RELACIÓN CON OTROS DERECHOS.
Localización: [TA]; 10a. Época; 1ª Sala; Gaceta S.J.F.; Libro 31, Junio de 2016; Tomo I; Pág. 704. 1a. CXLVIII/2016 (10a.).
Número de Registro: 2011775
PUEBLOS INDÍGENAS. EL DERECHO A PRESERVAR Y EMPLEAR SU LENGUA DERIVA DEL DIVERSO A LA LIBRE DETERMINACIÓN Y AUTONOMÍA DE AQUÉLLOS, RECONOCIDO POR EL ARTÍCULO 2o. DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS.
Localización: [TA]; 10a. Época; 1ª Sala; Gaceta S.J.F.; Libro 31, Junio de 2016; Tomo I; Pág. 703. 1a. CXLVI/2016 (10a.).
Número de Registro: 2011774
PUEBLOS INDÍGENAS. EL DERECHO A EMPLEAR Y PRESERVAR SU LENGUA INCIDE EN EL RECONOCIMIENTO Y PROTECCIÓN DE LA PLURICULTURALIDAD.
Localización: [TA]; 10a. Época; 1ª Sala; Gaceta S.J.F.; Libro 31, Junio de 2016; Tomo I; Pág. 703. 1a. CXLIX/2016 (10a.).
Número de Registro: 2011773
PERSONAS Y PUEBLOS INDÍGENAS. SU DERECHO A FUNDAR O UTILIZAR LOS MEDIOS DE COMUNICACIÓN.
Localización: [TA]; 10a. Época; 1ª Sala; Gaceta S.J.F.; Libro 31, Junio de 2016; Tomo I; Materia(s): Constitucional; Pág. 700; 1a. CLIII/2016 (10a.)
Número de Registro: 2011772
PERSONAS Y PUEBLOS INDÍGENAS. LAS LENGUAS INDÍGENAS TAMBIÉN SON LENGUAS NACIONALES.
Localización: [TA]; 10a. Época; 1ª Sala; Gaceta S.J.F.; Libro 31, Junio de 2016; Tomo I; Pág. 699. 1a. CLV/2016 (10a.)
Número de Registro: 2011770
PERSONAS Y PUEBLOS INDÍGENAS. EL DERECHO QUE TIENEN PARA EMPLEAR Y PRESERVAR SU LENGUA NO SE ENCUENTRA ACOTADO A UN ÁMBITO TERRITORIAL.
Localización: [TA]; 10a. Época; 1ª Sala; Gaceta S.J.F.; Libro 31, Junio de 2016; Tomo I; Pág. 698. 1a. CLIV/2016 (10a.)
Número de Registro: 2009995
ACCESO A LA TUTELA JURISDICCIONAL EFECTIVA. FORMA DE GARANTIZAR EL DERECHO HUMANO RELATIVO TRATÁNDOSE DE PERSONAS INDÍGENAS.
Localización: [TA]; 10a. Época; Pleno; Gaceta S.J.F.; Libro 22, Septiembre de 2015; Tomo I; Pág. 232. P. XVII/2015 (10ª)
Número de Registro: 2007559
PERSONAS INDÍGENAS. LAS PRERROGATIVAS PREVISTAS EN EL ARTÍCULO 2o., APARTADO A, FRACCIÓN VIII, DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, PUEDEN EXIGIRSE EN CUALQUIER TIPO DE JUICIO O MOMENTO PROCESAL.
Localización: [TA]; 10a. Época; 1a. Sala; Gaceta S.J.F.; Libro 11, Octubre de 2014; Tomo I; Pág. 610. 1a. CCCXXIX/2014 (10a.).
Número de Registro: 2007558
PERSONAS INDÍGENAS. CONDICIONES NECESARIAS PARA DETERMINAR SI LA VULNERACIÓN A LAS PRERROGATIVAS PREVISTAS EN EL ARTÍCULO 2o., APARTADO A, FRACCIÓN VIII CONSTITUCIONAL, TIENE LA FUERZA SUFICIENTE PARA ORDENAR LA REPOSICIÓN DEL PROCEDIMIENTO EN UN JUICIO CIVIL.
Localización: [TA]; 10a. Época; 1a. Sala; Gaceta S.J.F.; Libro 11, Octubre de 2014; Tomo I; Materia(s): Constitucional, Civil, Civil; Tesis: 1a. CCCXXXI/2014 (10a.); Pág. 609.
Número de Registro: 2005032
PERSONAS INDÍGENAS. SU PROTECCIÓN ESPECIAL A CARGO DEL ESTADO SURGE A PARTIR DE LA AUTOADSCRIPCIÓN DEL SUJETO A UNA COMUNIDAD INDÍGENA O DE LA EVALUACIÓN OFICIOSA DE LA AUTORIDAD MINISTERIAL O JUDICIAL ANTE LA SOSPECHA FUNDADA DE QUE EL INCULPADO PERTENECE A AQUÉLLA.
Localización: [J]; 10a. Época; 1a. Sala; Gaceta S.J.F.; 6 de diciembre de 2013; Materia(s): Constitucional, Penal; 1a./J. 59/2013 (10a.).
Número de Registro: 2005031
PERSONAS INDÍGENAS. MODALIDADES PARA EJERCER EL DERECHO FUNDAMENTAL DE DEFENSA ADECUADA CONSAGRADO EN EL ARTÍCULO 2o., APARTADO A, FRACCIÓN VIII, DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS.
Localización: [J]; 10a. Época; 1a. Sala; Gaceta S.J.F.; 6 de diciembre de 2013; Materia(s): Constitucional, Penal; 1a./J. 61/2013 (10a.).
Número de Registro: 2005030
PERSONAS INDÍGENAS. INTERPRETACIÓN DEL DERECHO FUNDAMENTAL DE SER ASISTIDOS POR INTÉRPRETES Y DEFENSORES QUE TENGAN CONOCIMIENTO DE SU LENGUA Y CULTURA.
Localización: [J]; 10a. Época; 1a. Sala; Gaceta S.J.F.; Libro 1, Diciembre de 2013; Tomo I; Pág. 283. 1a./J. 60/2013 (10a.).
Número de Registro: 2005029
PERSONAS INDÍGENAS. GRADO DE RELEVANCIA DEL CONOCIMIENTO DEL ESPAÑOL PARA LA APLICACIÓN DE LAS PREVISIONES DEL ARTÍCULO 2o. DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS.
Localización: [J]; 10a. Época; 1a. Sala; Gaceta S.J.F.; Libro 1, Diciembre de 2013; Tomo I; Pág. 281. 1a./J. 115/2013 (10a.).
Número de Registro: 2005028
PERSONAS INDÍGENAS BILINGÜES O MULTILINGÜES. ÁMBITO SUBJETIVO DE APLIACIÓN DEL ARTÍCULO 2o., APARTADO A, FRACCIÓN VIII, DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS.
Localización: [J]; 10a. Época; 1a. Sala; Gaceta S.J.F.; 06 de diciembre de 2013; Materia(s) Constitucional, Penal; 1a./J. 114/2013 (10a.).
Número de Registro: 2005027
PERSONA INDÍGENA. PARA QUE SEA EFICAZ LA “AUTOADSCRIPCIÓN” DE UN SUJETO A UNA COMUNIDAD INDÍGENA, DEBE REALIZARSE DURANTE LA AVERIGUACIÓN PREVIA O LA PREINSTRUCCIÓN DE LA CAUSA.
Localización: [J]; 10a. Época; 1a. Sala; Gaceta S.J.F.; Libro I; Diciembre de 2013; Tomo I; Materia(s) Constitucional, Penal, Penal; 1a./J. 58/2013 (10a.).
Número de Registro: 2004542
PERSONAS INDÍGENAS SUJETAS A PROCESO PENAL. ELEMENTOS BÁSICOS QUE DEBEN SATISFACERSE PARA DESIGNAR A UN TRADUCTOR PRÁCTICO, A FIN DE GARANTIZAR EL DERECHO HUMANO DE ACCESO PLENO A LA JURISDICCIÓN.
Localización: [J]; 10a. Época; 1a. Sala; Gaceta S.J.F.; Libro XXIV; Septiembre de 2013; Tomo I; Materia(s) Constitucional; Pág. 808; 1a./J. 86/2013 (10a.).
Número de Registro: 2004170
COMUNIDADES Y PUEBLOS INDÍGENAS. TODAS LAS AUTORIDADES, EN EL ÁMBITO DE SUS ATRIBUCIONES, ESTÁN OBLIGADAS A CONSULTARLOS, ANTES DE ADOPTAR CUALQUIER ACCIÓN O MEDIDA SUSCEPTIBLE DE AFECTAR SUS DERECHOS E INTERESES.
Localización: [TA]; 10a. Época; 1a. Sala; S.J.F. y su Gaceta; Libro XXIII, Agosto de 2013; Tomo 1; Pág. 736. 1a. CCXXXVI/2013 (10a.).
Número de Registro: 2004169
COMUNIDADES Y PUEBLOS INDÍGENAS. CUALQUIERA DE SUS INTEGRANTES PUEDE PROMOVER JUICIO DE AMPARO EN DEFENSA DE LOS DERECHOS FUNDAMENTALES COLECTIVOS.
Localización: [TA]; 10a. Época; 1a. Sala; S.J.F. y su Gaceta; Libro XXIII, Agosto de 2013; Tomo 1; Pág. 735. 1a. CCXXXV/2013 (10a.).