Número de Registro: 2022890
DERECHO HUMANO A LA SALUD. LA ASISTENCIA MÉDICA Y EL TRATAMIENTO A LOS PACIENTES USUARIOS DE ALGUNA INSTITUCIÓN QUE INTEGRE EL SISTEMA NACIONAL DE SALUD, DEBEN GARANTIZARSE DE FORMA OPORTUNA, PERMANENTE Y CONSTANTE.
Localización: [TA]; 10a. Época; 1a. Sala; Seminario Judicial de la Federación; 1a. XIII/2021 (10a.). Publicación: Viernes 26 de Marzo de 2021.
Número de Registro: 2022889
DERECHO HUMANO A LA SALUD. EL ESTADO TIENE LA OBLIGACIÓN DE ADOPTAR TODAS LAS MEDIDAS NECESARIAS HASTA EL MÁXIMO DE LOS RECURSOS DE QUE DISPONGA PARA LOGRAR PROGRESIVAMENTE SU PLENA EFECTIVIDAD.
Localización: [TA]; 10a. Época; 1a. Sala; Seminario Judicial de la Federación; 1a. XV/2021 (10a.). Publicación: Viernes 26 de Marzo de 2021.
Número de Registro: 2022888
DERECHO HUMANO A LA SALUD. CRITERIOS QUE DEBEN VALORARSE PARA SU EFECTIVA GARANTÍA (OBJETIVO, SUBJETIVO, TEMPORAL E INSTITUCIONAL).
Localización: [TA]; 10a. Época; 1a. Sala; Seminario Judicial de la Federación; 1a. XIV/2021 (10a.). Publicación: Viernes 26 de Marzo de 2021.
Número de Registro: 2020589
DERECHO A LA SALUD MENTAL. DEBE PROTEGERSE DE MANERA INTEGRAL Y ELLO INCLUYE, CUANDO MENOS, EL SUMINISTRO DE MEDICAMENTOS BÁSICOS PARA SU TRATAMIENTO.
Localización: [TA]; 10a. Época; 2a. Sala; Gaceta S.J.F.; Libro 70, Septiembre de 2019; Tomo I; Pág. 420. 2a. LVIII/2019 (10a.)
Número de Registro: 2020588
DERECHO A LA SALUD. EN MATERIA DE SALUD MENTAL, EL PRINCIPIO DE PROGRESIVIDAD EN EL SUMINISTRO DE MEDICAMENTOS DEBE GARANTIZARSE SIN DISCRIMINACIÓN.
Localización: [TA]; 10a. Época; 2a. Sala; Gaceta S.J.F.; Libro 70, Septiembre de 2019; Tomo I; Pág. 420. 2a. LVII/2019 (10a.)
Número de Registro: 2019965
PERSONAS CON DISCAPACIDAD. SISTEMA DE APOYOS PARA EL EJERCICIO DE SU CAPACIDAD JURÍDICA.
Localización: [TA]; 10a. Época; 1a. Sala; Gaceta del Semanario Judicial de la Federación; Libro 66, Mayo de 2019; Tomo II; Pág. 1265. 1a. XLIII/2019 (10a.).
Número de Registro: 2019964
PERSONAS CON DISCAPACIDAD. LAS SALVAGUARDIAS PROPORCIONADAS POR EL ESTADO PARA IMPEDIR ABUSOS EN LAS MEDIDAS RELATIVAS AL EJERCICIO DE SU CAPACIDAD JURÍDICA DEBEN SER REVISABLES PARA QUE CUMPLAN EFECTIVAMENTE CON SU FUNCIÓN.
Localización: [TA]; 10a. Época; 1a. Sala; Gaceta del Semanario Judicial de la Federación; Libro 66, Mayo de 2019; Tomo II; Pág. 1263. 1a. XLV/2019 (10a.).
Número de Registro: 2019963
PERSONAS CON DISCAPACIDAD. LOS ARTÍCULOS 23 Y 450 DEL CÓDIGO CIVIL PARA EL DISTRITO FEDERAL, APLICABLE PARA LA CIUDAD DE MÉXICO, REALIZAN UNA DISTINCIÓN BASADA EN UNA CATEGORÍA SOSPECHOSA (DISCAPACIDAD) Y, POR ENDE, VIOLAN LOS DERECHOS HUMANOS A LA IGUALDAD Y A LA NO DISCRIMINACIÓN.
Localización: [TA]; 10a. Época; 1a. Sala; Gaceta del Semanario Judicial de la Federación; Mayo de 2019; Tomo II; Materia(s): Constitucional, Civil; 1a. XLI/2019 (10a.).
Número de Registro: 2019962
PERSONAS CON DISCAPACIDAD. LA NEGACIÓN DE SU CAPACIDAD JURÍDICA CONSTITUYE UNA BARRERA PARA EJERCER SU DERECHO A UNA VIDA INDEPENDIENTE.
Localización: [TA]; 10a. Época; 1a. Sala; Gaceta del Semanario Judicial de la Federación; Libro 66, Mayo de 2019; Tomo II; Pág. 1262. 1a. XLVI/2019 (10a.)
Número de Registro: 2019959
PERSONAS CON DISCAPACIDAD. EL ESTADO DEBE PRESTAR UN SISTEMA DE APOYOS PARA EL EJERCICIO DE SU CAPACIDAD JURÍDICA CONFORME A LA CONVENCIÓN SOBRE LOS DERECHOS DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD.
Localización: [TA]; 10a. Época; 1a. Sala; Gaceta del Semanario Judicial de la Federación; Mayo de 2019; Tomo II; Materia(s): Constitucional, Civil; 1a. XLIV/2019 (10a.)
Número de Registro: 2019358
DERECHO A LA PROTECCIÓN DE LA SALAUD. DIMENSIONES INDIVIDUAL Y SOCIAL.
Localización: [J]; 10a. Época; 1a. Sala; Gaceta S.J.F.; Febrero de 2019; Tomo I; Materia Constitucional; 1a./J. 8/2019 (10a.)
Número de Registro: 2018746
PERSONAS CON DISCAPACIDAD. APLICACIÓN DE LOS PRINCIPIOS DE IGUALDAD Y NO DISCRIINACIÓN.
Localización: [TA]; 10a. Época; 1a. Sala; Gaceta del Semanario Judicial de la Federación; Diciembre de 2018; Tomo I; Materia Constitucional; 1a. CXLIV/2018 (10a.)
Número de Registro: 2013137
DERECHO A LA PROTECCIÓN DE LA SALUD. DIMENSIONES INDIVIDUAL Y SOCIAL
Localización: [T.A.]; 10a. Época; 1a. Sala; Gaceta S.J.F.; Noviembre de 2016; Materia Constitucional; 1a. CCLXVII/2016 (10a.)
Número de Registro: 2012806
SEGURIDAD SOCIAL. ES INCONSTITUCIONAL EL ARTÍCULO 10 DE LA LEY DEL INSTITUTO DE SEGURIDAD Y SERVICIOS SOCIALES DE LOS TRABAJADORES DEL GOBIERNO Y MUNICIPIOS DEL ESTADO DE BAJA CALIFORNIA, AL CONDICINAR EL DISFRUTE DE LOS BENEFICIOS A LA RECEPCIÓN DE LA TOTALIDAD DE LAS CUOTAS Y APORTACIONES.
Localización: [J]; 10a. Época; Pleno; Gaceta S.J.F.; Octubre de 2016; Materia(s): Constitucional, Laboral; P./J. 26/2016 (10a.)
Número de Registro: 2010420
DERECHO A LA SALUD. ALGUNAS FORMAS EN QUE LAS AUTORIDADES DEBEN REPARAR SU VIOLACIÓN.
Localización: [T.A.]; 10a. Época; 1a. Sala; Gaceta S.J.F.; Noviembre de 2015; Materia Constitucional; 1a. CCCXLIII/2015 (10a.)
Número de Registro: 2008752
SERVICIOS DE SALUD PRESTADOS POR HOSPITALES PRIVADOS. SUS USUARIOS CONSTITUYEN UN GRUPO EN CONDICIÓN ASIMÉTRICA, AUN CUANDO NO SE IDENTIFIQUE CON UNA CATEGORÍA SOSPECHOSA O UN ESTEREOTIPO.
Localización: [TA]; 10a. Época; 1a Sala; Gaceta S.J.F.; Marzo de 2015; Tomo II; Materia Constitucional; Pág. 1118; 1a. CXX/2015 (10a.)
Número de Registro: 2007938
SALUD. DERECHO AL NIVEL MÁS ALTO POSIBLE. ÉSTE PUEDE COMPRENDER OBLIGACIONES INMEDIATAS, COMO DE CUMPLIMIENTO PROGRESIVO.
Localización: [T.A.]; 10a. Época; 2a. Sala; Gaceta S.J.F.; Noviembre de 2014; Materia Constitucional; 2a. CVIII/2014 (10a.)
Número de Registro: 2002519
DISCAPACIDAD. PRESUPUESTOS EN LA MATERIA QUE DEBEN SER TOMADOS EN CUENTA POR LOS OPERADORES DEL SISTEMA JURÍDICO MEXICANO.
Localización: [T.A.]; 10a. Época; 1a. Sala; Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta; Enero de 2013; Tomo I; Materia Constitucional; 1a. VII/2013 (10a.)
Número de Registro: 2002501
DERECHO FUNDAMENTAL A LA SALUD. IMPONE DEBERES TANTO A LOS PODERES PÚBLICOS COMO A LOS PARTICULARES QUE SE DEDICAN AL ÁMBITO DE LA SALUD.
Localización: [TA]; 10a. Época; 1a. Sala; Gaceta S.J.F.; Enero de 2013; Tomo I; Materia Constitucional; 1a. XXIII/2013 (10a.)
Número de Registro: 168651
ISSSTE. EL ARTÍCULO 25, PÁRRAFOS SEGUNDO Y TERCERO, DE LA LEY RELATIVA, AL PERMITIR LA SUSPENSIÓN DE LOS SEGUROS OBLIGATORIOS, ES VIOLATORIO DE LOS ARTÍCULOS 4º Y 123, APARTADO B, FRACCIÓN XI, DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS (LEGISLACIÓN VIGENTE A PARTIR DEL 1º de ABRIL DE 2007)
Localización: [J]; 9a. Época; Pleno; Gaceta S.J.F.; octubre de 2008; Tomo XXVIII; Materia(s): Administrativa, Constitucional; P./J. 188/2008 (9a.)
Número de Registro: 168549
SALUD. EL DERECHO A SU PROTECCIÓN CONFORME AL ARTÍCULO 4º, TERCER PÁRRAFO, DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, ES UNA RESPONSABILIDAD SOCIAL.
Localización: [J]; 9a. Época; Pleno; Gaceta S.J.F.; octubre de 2008; Tomo XXVIII; Materia(s): Constitucional, Administrativa; P./J. 136/2008 (9a.)