Circulares emitidas por la Secretaría General de Acuerdos
Título | Tipo | Tema | Documento |
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CIRCULAR 6/2023 | RELACIONADAS CON LA NORMATIVA EMITIDA POR EL PLENO (AGP) | SE REMITE VERSIÓN ELECTRÓNICA DE LOS INSTRUMENTOS NORMATIVOS QUE SE INDICAN A CONTINUACIÓN, EMITIDOS POR EL TRIBUNAL PLENO EN SESIÓN PRIVADA CELEBRADA EL DÍA DOS DE MAYO PASADO, DE CONFORMIDAD CON LO DISPUESTO EN SUS PUNTOS TRANSITORIOS SEGUNDO, Y EN EL ARTÍCULO 27 DEL REGLAMENTO INTERIOR DE LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN: 1. “ACUERDO GENERAL NÚMERO 3/2023, DE DOS DE MAYO DE DOS MIL VEINTITRÉS, DEL PLENO DE LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN, POR EL QUE SE LEVANTA EL APLAZAMIENTO EN EL DICTADO DE LA RESOLUCIÓN DE LOS AMPAROS EN REVISIÓN Y DE LOS AMPAROS DIRECTOS DEL CONOCIMIENTO DE LOS TRIBUNALES COLEGIADOS DE CIRCUITO, EN LOS QUE SUBSISTA EL ANÁLISIS DEL PROBLEMA RELATIVO A LA DETERMINACIÓN DE LAS CARGAS PROBATORIAS QUE CORRESPONDEN AL INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL EN MATERIA DE PENSIONES; RELACIONADO CON EL DIVERSO 6/2022, DE CUATRO DE JULIO DE DOS MIL VEINTIDÓS.”, Y 2. “INSTRUMENTO NORMATIVO APROBADO POR EL PLENO DE LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN EL DOS DE MAYO DE DOS MIL VEINTITRÉS, POR EL QUE SE REFORMAN LOS ARTÍCULOS 12 (SE MODIFICA EL PÁRRAFO PRIMERO Y SE ADICIONAN LOS PÁRRAFOS DEL SEGUNDO AL CUARTO), 67 (SE MODIFICAN LAS FRACCIONES II Y XVIII, Y SE ADICIONAN LAS DIVERSAS XXX Y XXXI RECORRIÉNDOSE, EN CONSECUENCIA, LA NUMERACIÓN DE LA ÚLTIMA FRACCIÓN), 68 (SE MODIFICA LA FRACCIÓN VIII), 76 (SE MODIFICA LA FRACCIÓN VII) Y 105 (SE MODIFICA EL PÁRRAFO PRIMERO), DEL REGLAMENTO INTERIOR DE LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN.”. |
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CIRCULAR 5/2023 (ANEXOS) | RELACIONADAS CON LA NORMATIVA EMITIDA POR EL PLENO (AGP) | ANEXOS DEL I AL VI. | |
CIRCULAR 5/2023 | RELACIONADAS CON LA NORMATIVA EMITIDA POR EL PLENO (AGP) | SE PRECISAN LAS PARTICULARIDADES DEL SISTEMA INFORMÁTICO QUE DEBE UTILIZARSE RESPECTO DE LOS ASUNTOS RESUELTOS POR LOS PLENOS REGIONALES Y POR LOS TRIBUNALES COLEGIADOS DE CIRCUITO EN EJERCICIO DE LA COMPETENCIA DELEGADA EN EL AGP 1/2023, TOMANDO EN CUENTA LAS DIFERENCIAS TANTO DEL TRÁMITE COMO DE LA INFORMACIÓN RELEVANTE DE LOS AMPAROS EN REVISIÓN, DE LOS RECURSOS DE INCONFORMIDAD PREVISTOS EN LA FRACCIÓN IV DEL ARTÍCULO 201 DE LA LEY DE AMPARO Y DE LOS CONFLICTOS COMPETENCIALES. | |
CIRCULAR 4/2023 | RELACIONADAS CON LA NORMATIVA EMITIDA POR EL PLENO (AGP) | SE REMITE VERSIÓN ELECTRÓNICA DEL “INSTRUMENTO NORMATIVO APROBADO POR EL PLENO DE LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN EL DIEZ DE ABRIL DE DOS MIL VEINTITRÉS, POR EL QUE SE MODIFICA EL RUBRO Y SE ADICIONA UN PUNTO CUARTO Y, EN CONSECUENCIA, SE RECORRE LA NUMERACIÓN; Y SE MODIFICAN LOS PUNTOS SEGUNDO, TERCERO, QUINTO (ANTES CUARTO), NOVENO (ANTES OCTAVO), DÉCIMO (ANTES NOVENO), DÉCIMO PRIMERO (ANTES DÉCIMO), DÉCIMO SEGUNDO (ANTES DÉCIMO PRIMERO), DÉCIMO TERCERO (ANTES DÉCIMO SEGUNDO), DÉCIMO CUARTO (ANTES DÉCIMO TERCERO), Y DÉCIMO QUINTO (ANTES DÉCIMO CUARTO), DEL ACUERDO GENERAL NÚMERO 1/2023, DE VEINTISÉIS DE ENERO DE DOS MIL VEINTITRÉS, DEL TRIBUNAL PLENO DE LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN, RELATIVO A LA DETERMINACIÓN DE LOS ASUNTOS QUE EL PLENO CONSERVARÁ PARA SU RESOLUCIÓN, Y EL ENVÍO DE LOS DE SU COMPETENCIA ORIGINARIA A LAS SALAS Y A LOS TRIBUNALES COLEGIADOS DE CIRCUITO.”, DE CONFORMIDAD CON LO DISPUESTO EN SU PUNTO TRANSITORIO CUARTO, Y EN EL ARTÍCULO 27 DEL REGLAMENTO INTERIOR DE LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN. | |
CIRCULAR 3/2023 | RELACIONADAS CON LA NORMATIVA EMITIDA POR EL PLENO (AGP) | SE REMITE VERSIÓN ELECTRÓNICA DEL “ACUERDO GENERAL NÚMERO 1/2023, DE VEINTISÉIS DE ENERO DE DOS MIL VEINTITRÉS, DEL TRIBUNAL PLENO DE LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN, RELATIVO A LA DETERMINACIÓN DE LOS ASUNTOS QUE EL PLENO CONSERVARÁ PARA SU RESOLUCIÓN, Y EL ENVÍO DE LOS DE SU COMPETENCIA ORIGINARIA A LAS SALAS Y A LOS TRIBUNALES COLEGIADOS DE CIRCUITO.”, MEDIANTE EL CUAL SE ABROGA EL DIVERSO ACUERDO GENERAL PLENARIO 5/2013, DE TRECE DE MAYO DE DOS MIL TRECE, DEL TRIBUNAL PLENO DE LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN. | |
CIRCULAR 2/2023 | RELACIONADAS CON LA NORMATIVA EMITIDA POR EL PLENO (AGP) | SE REMITE VERSIÓN ELECTRÓNICA DEL “INSTRUMENTO NORMATIVO APROBADO POR EL PLENO DE LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN EL DIECISÉIS DE ENERO DE DOS MIL VEINTITRÉS, POR EL QUE SE MODIFICAN, POR UNA PARTE, LOS ARTÍCULOS 3, 15, 28 Y 34, DEL ACUERDO GENERAL NÚMERO 8/2020, DE VEINTIUNO DE MAYO DE DOS MIL VEINTE, DEL PLENO DE LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN, POR EL QUE SE REGULA LA INTEGRACIÓN DE LOS EXPEDIENTES IMPRESO Y ELECTRÓNICO EN CONTROVERSIAS CONSTITUCIONALES Y EN ACCIONES DE INCONSTITUCIONALIDAD, ASÍ COMO EL USO DEL SISTEMA ELECTRÓNICO DE ESTE ALTO TRIBUNAL PARA LA PROMOCIÓN, TRÁMITE, CONSULTA, RESOLUCIÓN Y NOTIFICACIONES POR VÍA ELECTRÓNICA EN LOS EXPEDIENTES RESPECTIVOS; Y, POR OTRA PARTE, LOS ARTÍCULOS 4, 21 Y 34, DEL ACUERDO GENERAL NÚMERO 9/2020, DE VEINTISÉIS DE MAYO DE DOS MIL VEINTE, DEL PLENO DE LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN, POR EL QUE SE REGULA LA INTEGRACIÓN DE LOS EXPEDIENTES IMPRESO Y ELECTRÓNICO EN LOS ASUNTOS DE LA COMPETENCIA DE ESTE ALTO TRIBUNAL, SALVO EN CONTROVERSIAS CONSTITUCIONALES Y EN ACCIONES DE INCONSTITUCIONALIDAD, ASÍ COMO EL USO DEL SISTEMA ELECTRÓNICO DE LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN PARA LA PROMOCIÓN, TRÁMITE, CONSULTA, RESOLUCIÓN Y NOTIFICACIONES POR VÍA ELECTRÓNICA EN LOS EXPEDIENTES RESPECTIVOS.”, DE CONFORMIDAD CON LO DISPUESTO EN SU PUNTO TRANSITORIO SEGUNDO, Y EN EL ARTÍCULO 27 DEL REGLAMENTO INTERIOR DE LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN. | |
CIRCULAR 10/2023 | RELACIONADAS CON LA NORMATIVA EMITIDA POR EL PLENO (AGP) | SE REMITE VERSIÓN ELECTRÓNICA DEL “ACUERDO GENERAL NÚMERO 7/2023, DE TREINTA DE OCTUBRE DE DOS MIL VEINTITRÉS, DEL PLENO DE LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN, POR EL QUE SE DISPONE EL APLAZAMIENTO EN EL DICTADO DE LA RESOLUCIÓN DE LOS AMPAROS EN REVISIÓN DEL CONOCIMIENTO DE LOS TRIBUNALES COLEGIADOS DE CIRCUITO, EN LOS QUE SUBSISTA EL PROBLEMA DE CONSTITUCIONALIDAD DEL ARTÍCULO 307 TER DEL CÓDIGO FISCAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO, ADICIONADO MEDIANTE DECRETO PUBLICADO EN LA GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO EL TREINTA DE DICIEMBRE DE DOS MIL VEINTIUNO.”, DE CONFORMIDAD CON LO DISPUESTO EN SU PUNTO TRANSITORIO SEGUNDO, Y EN EL ARTÍCULO 27 DEL REGLAMENTO INTERIOR DE LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN. | |
1/2023 BIS | RELACIONADAS CON LA NORMATIVA EMITIDA POR EL PLENO (AGP) | EN RELACIÓN CON EL ACUERDO GENERAL PLENARIO 12/2014, Y RESPECTO DE LOS SERVIDORES PÚBLICOS DE ESE CENTRO DE JUSTICIA PENAL FEDERAL QUE SE DESIGNARÁN PARA EL USO DEL MINTERSCJN, CONFORME A LO DISPUESTO EN LOS ARTÍCULOS 14, 16, 17, 19 Y 20 DEL REFERIDO INSTRUMENTO NORMATIVO, ME PERMITO HACER DE SU CONOCIMIENTO: 1. EN TÉRMINOS DE LO SEÑALADO EN LA FRACCIÓN I DE SU ARTÍCULO 9, EL SERVIDOR PÚBLICO DESIGNADO DE CADA CENTRO DE JUSTICIA PENAL FEDERAL, DEBE REMITIR AL CORREO MINTERSCJN@MAIL.SCJN.GOB.MX EL NOMBRE, CARGO Y CORREO ELECTRÓNICO INSTITUCIONAL DE HASTA TRES SERVIDORES PÚBLICOS QUE HARÁN USO DE DICHO MÓDULO; 2. LOS DATOS RELATIVOS AL NOMBRE, CARGO Y CORREO ELECTRÓNICO DE LOS TRES SERVIDORES PÚBLICOS DESIGNADOS, DEBEN REMITIRSE DESDE EL CORREO INSTITUCIONAL ASIGNADO AL CENTRO DE JUSTICIA PENAL FEDERAL DE ADSCRIPCIÓN; 3. EN LOS CENTROS DE JUSTICIA PENAL FEDERAL EL USO DEL MINTERSCJN CORRESPONDERÁ, POR LO REGULAR, AL PERSONAL DE SU ADMINISTRACIÓN, Y 4. POR TANTO, PARA DESIGNAR A LOS SERVIDORES PÚBLICOS RESPONSABLES DEL USO DEL MINTERSCJN, ES CONVENIENTE QUE EN LA MAYORÍA DE LOS CASOS SE TRATE DE SERVIDORES PÚBLICOS CON EL CARGO DE SECRETARIO O DE ACTUARIO, SIN MENOSCABO DE QUE UNO DE LOS DESIGNADOS PUEDA OCUPAR UN CARGO DIVERSO, CON EL OBJETO DE CONSULTAR LOS REQUERIMIENTOS Y DESAHOGOS RECIBIDOS DE ESTE ALTO TRIBUNAL, ASÍ COMO LAS BITÁCORAS CORRESPONDIENTES. CABE SEÑALAR QUE AUN CUANDO LOS CENTROS DE JUSTICIA PENAL FEDERAL QUE SE INDICAN YA CUENTAN CON REGISTRO EN EL MINTERSCJN, LA PRESENTE CIRCULAR TAMBIÉN SE HACE DE SU CONOCIMIENTO PARA LOS EFECTOS CONDUCENTES. |
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1/2023 | RELACIONADAS CON LA NORMATIVA EMITIDA POR EL PLENO (AGP) | EN RELACIÓN CON EL ACUERDO GENERAL PLENARIO 12/2014, Y RESPECTO DE LOS SERVIDORES PÚBLICOS DE ESE ÓRGANO COLEGIADO DE APELACIÓN QUE SE DESIGNARÁN PARA EL USO DEL MINTERSCJN, CONFORME A LO DISPUESTO EN LOS ARTÍCULOS 14, 16, 17, 19 Y 20 DEL REFERIDO INSTRUMENTO NORMATIVO, ME PERMITO HACER DE SU CONOCIMIENTO: 1. EN TÉRMINOS DE LO SEÑALADO EN LA FRACCIÓN I DE SU ARTÍCULO 9, EL SECRETARIO DE ACUERDOS O EL SERVIDOR PÚBLICO DESIGNADO DE CADA TRIBUNAL COLEGIADO DE APELACIÓN, DEBE REMITIR AL CORREO MINTERSCJN@MAIL.SCJN.GOB.MX EL NOMBRE, CARGO Y CORREO ELECTRÓNICO INSTITUCIONAL DE HASTA TRES SERVIDORES PÚBLICOS QUE HARÁN USO DE DICHO MÓDULO; 2. LOS DATOS RELATIVOS AL NOMBRE, CARGO Y CORREO ELECTRÓNICO DE LOS TRES SERVIDORES PÚBLICOS DESIGNADOS, DEBEN REMITIRSE DESDE EL CORREO INSTITUCIONAL ASIGNADO AL ÓRGANO JURISDICCIONAL DE ADSCRIPCIÓN; 3. EN LOS TRIBUNALES COLEGIADOS DE APELACIÓN EL USO DEL MINTERSCJN CORRESPONDERÁ, POR LO REGULAR, AL PERSONAL DE LA SECRETARÍA DE ACUERDOS, Y 4. POR TANTO, PARA DESIGNAR A LOS SERVIDORES PÚBLICOS RESPONSABLES DEL USO DEL MINTERSCJN, ES CONVENIENTE QUE EN LA MAYORÍA DE LOS CASOS SE TRATE DE SERVIDORES PÚBLICOS CON EL CARGO DE SECRETARIO O DE ACTUARIO, SIN MENOSCABO DE QUE UNO DE LOS DESIGNADOS PUEDA OCUPAR UN CARGO DIVERSO, CON EL OBJETO DE CONSULTAR LOS REQUERIMIENTOS Y DESAHOGOS RECIBIDOS DE ESTE ALTO TRIBUNAL, ASÍ COMO LAS BITÁCORAS CORRESPONDIENTES. |
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CIRCULAR 5/2022 | RELACIONADAS CON LA NORMATIVA EMITIDA POR EL PLENO (AGP) | SE REMITE VERSIÓN ELECTRÓNICA DEL “ACUERDO GENERAL NÚMERO 7/2022, DE DIEZ DE OCTUBRE DE DOS MIL VEINTIDÓS, DEL PLENO DE LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN, POR EL QUE SE LEVANTA EL APLAZAMIENTO EN EL DICTADO DE LA RESOLUCIÓN DE LOS AMPAROS EN REVISIÓN DEL CONOCIMIENTO DE LOS TRIBUNALES COLEGIADOS DE CIRCUITO PRIMERO Y SEGUNDO EN MATERIA ADMINISTRATIVA, ESPECIALIZADOS EN COMPETENCIA ECONÓMICA, RADIODIFUSIÓN Y TELECOMUNICACIONES, CON RESIDENCIA EN LA CIUDAD DE MÉXICO Y JURISDICCIÓN EN TODA LA REPÚBLICA, O RADICADOS EN CUALQUIER OTRO TRIBUNAL COLEGIADO DE CIRCUITO, EN LOS QUE SUBSISTA EL PROBLEMA DE CONSTITUCIONALIDAD DEL DECRETO POR EL QUE SE REFORMAN Y ADICIONAN DIVERSAS DISPOSICIONES DE LA LEY DE LA INDUSTRIA ELÉCTRICA, PUBLICADO EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN DEL NUEVE DE MARZO DE DOS MIL VEINTIUNO; RELACIONADO CON EL DIVERSO 3/2022, DE DIECISIETE DE FEBRERO DE DOS MIL VEINTIDÓS.”, DE CONFORMIDAD CON LO DISPUESTO EN SU PUNTO TRANSITORIO SEGUNDO, Y EN EL ARTÍCULO 27 DEL REGLAMENTO INTERIOR DE LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN. |