Contradicción de Tesis 37/2008-PL (Formulado por el Ministro Silva Meza) |
Contradicciones de Tesis |
Contradicción de Tesis 37/2008-PL (Formulado por el Ministro Silva Meza) (Naturaleza autoaplicativa o heteroaplicativa de una reforma constitucional) |
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Contradicción de Tesis 39/2007-PL (Formulado por el Ministro Aguirre Anguiano) |
Contradicciones de Tesis |
Contradicción de Tesis 39/2007-PL (Formulado por el Ministro Aguirre Anguiano) (Amparo. Caducidad en los procedimientos de cumplimiento de la sentencia cuando el interesado no ha promovido durante el plazo de 300 días ni existen actuaciones judiciales encaminadas a ese fin) |
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Contradicción de Tesis 42/2008-PL (Formulado por el Ministro Silva Meza) |
Contradicciones de Tesis |
Contradicción de Tesis 42/2008-PL (Formulado por el Ministro Silva Meza) (Inconstitucionalidad de la cláusula habilitante prevista en el Artículo 93 de la Ley de Instituciones de Crédito que faculta a la Comisión Nacional Bancaria y de Valores la emisión de reglas generales administrativas para establecer excepciones respecto de la limitante que se establece a las instituciones de crédito para que cedan o descuenten su cartera a favor de personas o entidades distintas al Banco de México) |
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Contradicción de Tesis 487/2009 (Formulado por el Ministro Franco González Salas) (Procedencia de la inconformidad en amparo directo) |
Contradicciones de Tesis |
Contradicción de Tesis 487/2009 (Formulado por el Ministro Franco González Salas) (Procedencia de la inconformidad en amparo directo) |
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Contradicción de Tesis 53/2008-PL (Formulado por el Ministro Franco González Salas) |
Contradicciones de Tesis |
Contradicción de Tesis 53/2008-PL (Formulado por el Ministro Franco González Salas) (Procedencia de las causales de impedimento previstas en el Artículo 146 de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación al resolver una contradicción de tesis) |
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Contradicción de Tesis 57/2008-PL (Formulado por la Ministra Sánchez Cordero de García Villegas) |
Contradicciones de Tesis |
Contradicción de Tesis 57/2008-PL (Formulado por la Ministra Sánchez Cordero de García Villegas) (Amparo. Plazo para la presentación de la demanda de garantías) |
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Contradicción de tesis 445/2010 (Formulado por los Ministros Silva Meza, Valls Hernández y Luna Ramos) |
Contradicciones de Tesis |
Contradicción de tesis 445/2010 (Formulado por los Ministros Silva Meza, Valls Hernández y Luna Ramos) (Recurso de queja. Su interposición en términos de la fracción VI del artículo 95 de la Ley de Amparo implica la suspensión parcial del procedimiento a fin de que sólo se evite la celebración de la audiencia constitucional o la ejecución de la providencia recurrida). |
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Contradicción de tesis 7/2011 (Formulado por el Ministro Aguirre Anguiano) |
Contradicciones de Tesis |
Contradicción de tesis 7/2011 (Formulado por el Ministro Aguirre Anguiano) (Competencia en materia de seguros. El artículo 136 de la Ley General de Sociedades Mutualistas viola el artículo 121 , fracción 111 , párrafo segundo, constitucional al limitar el derecho de los contratantes para someterse a la jurisdicción del juez que convenga a sus intereses, al del domicilio de las delegaciones estatales de la Comisión Nacional para la Protección y Defensa al Usuario de Servicios Financieros). |
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Controversia Constitucional 132/2006 (Formulado por el Ministro Valls Hernández) (Seguridad privada. Competencia Constitucional) (para su regulación) |
Controversias Constitucionales |
Controversia Constitucional 132/2006 (Formulado por el Ministro Valls Hernández) (Seguridad privada. Competencia Constitucional) (para su regulación) |
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Controversia Constitucional 16/2007 (Formulado por los Ministros Aguirre Anguiano, Luna Ramos, Sánchez Cordero de García Villegas y Silva Meza) (Inconstitucionalidad de la reparación del daño cuando el indiciado o el inculpado se sustraiga de la acción de |
Controversias Constitucionales |
Controversia Constitucional 16/2007 (Formulado por los Ministros Aguirre Anguiano, Luna Ramos, Sánchez Cordero de García Villegas y Silva Meza) (Inconstitucionalidad de la reparación del daño cuando el indiciado o el inculpado se sustraiga de la acción de la justicia con recursos del Fondo Auxiliar para la Administración de Justicia, ya que dicha obligación sólo se actualiza cuando existe sentencia condenatoria de conformidad con lo establecido en el Artículo 20 Constitucional) |
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