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TEMA:
EDUCACIÓN INICIAL INDÍGENA Y ESFERA DE LO INDECIDIBLE
TÍTULO
ESTÁNDAR DE PROTECCIÓN CONSTITUCIONAL DEL DERECHO A LA EDUCACIÓN INICIAL INDÍGENA Y SU RELACIÓN CON EL DERECHO A LA CONSULTA PREVIA
INFORMACIÓN DE LA SENTENCIA
AMPARO EN REVISIÓN 115/2019
AÑO DE RESOLUCIÓN
PONENTE
MINISTRO JUAN LUIS GONZÁLEZ ALCÁNTARA CARRANCÁ
SECRETARIOS
FERNANDO SOSA PASTRANA
PABLO FRANCISCO MUÑOZ DÍAZ
RESUMEN
Diversas autoridades escolares del Estado de Quintana Roo le solicitaron a un grupo de maestras que impartían el nivel de educación inicial indígena que se ausentaran de la escuela en la que trabajaban. Por tal motivo, los padres de familia de las niñas y niños que asistían a la escuela, quienes además pertenecían a una comunidad indígena, promovieron un juicio de amparo para defender el derecho a la educación de sus hijas e hijos.
La pregunta que debió resolver la Suprema Corte de Justicia en este caso fue ¿cuál es el estándar de protección constitucional del derecho humano a la educación inicial y a la consulta indígena?
CONCEPTOS RELACIONADOS
Educación | Inicial | Indígena | Consulta | Indecidible
TEMA:
TRANSPARENCIA PARLAMENTARIA
TÍTULO
DERECHO A LA INFORMACIÓN EN LOS ACTOS LEGISLATIVOS COMO MEDIO PARA DEFENDER LA DEMOCRACIA
INFORMACIÓN DE LA SENTENCIA
AMPARO EN REVISIÓN 27/2021
AÑO DE RESOLUCIÓN
PONENTE
MINISTRO JUAN LUIS GONZÁLEZ ALCÁNTARA CARRANCÁ
SECRETARIOS
PABLO FRANCISCO MUÑOZ DÍAZ
FERNANDO SOSA PASTRANA
RESUMEN
Un grupo de personas físicas y morales promovieron juicio de amparo indirecto en contra de la votación por cédula secreta de la reforma a la Constitución del Estado de Yucatán que pretendía cambiar la definición de matrimonio. Las quejosas consideraron que esta votación era violatoria del derecho a la libertad de expresión, el acceso a la información pública y la transparencia parlamentaria.
El problema jurídico consistió en determinar si la votación por cédulas secretas pone en riesgo los derechos de libertad de expresión, la transparencia parlamentaria y el acceso a la información pública.
CONCEPTOS RELACIONADOS
Transparencia | Parlamentaria | Acceso | Información | Expresión
TEMA:
TRATAMIENTO VIH SIDA
TÍTULO
LAS INSTITUCIONES PÚBLICAS DE SALUD DEBEN GARANTIZAR EL TRATAMIENTO REQUERIDO POR LOS PACIENTES CON VIH/SIDA, DE FORMA OPORTUNA, PERMANENTE, CONSTANTE Y SIN INTERRUPCIONES
INFORMACIÓN DE LA SENTENCIA
AMPARO EN REVISIÓN 227/2020
AÑO DE RESOLUCIÓN
PONENTE
MINISTRA ANA MARGARITA RÍOS FARJAT
SECRETARIO
JUAN JAIME GONZÁLEZ VARAS
RESUMEN
En el asunto una persona que estaba bajo tratamiento médico en un hospital del Instituto Mexicano del Seguro Social por padecer el Virus de Inmunodeficiencia Humana (VIH), acudió a la referida institución médica para solicitar la dosis mensual del medicamento prescrito para atender su enfermedad, sin embargo, por falta de disponibilidad, tal medicamento no le fue entregado sino hasta tiempo después.
Por esta situación, el paciente promovió un juicio de amparo en el que reclamó del hospital el retraso en la entrega del medicamento antirretroviral requerido, así como las omisiones de carácter administrativo que impidieron su abasto de manera oportuna, lo cual consideró vulneró su derecho a la protección de la salud y a la integridad personal.
El Juzgado de Distrito que conoció el asunto determinó sobreseer en el juicio al señalar que el acto reclamado era inexistente, en tanto que el hospital proporcionó al paciente el medicamento solicitado antes de la presentación de la demanda de amparo. Al no estar de acuerdo, la persona interpuso recurso de revisión en contra de esta determinación.
En ese sentido, el problema jurídico que analizó la Primera Sala consistió en definir el alcance del estándar de protección del derecho humano a la salud en personas con VIH, en relación con la obligación de las instituciones de salud de contar con la existencia en inventarios de los medicamentos para la atención de enfermedades, así como determinar si dicha protección debe incluir el suministro ininterrumpido de medicamentos antirretrovirales para preservar la salud de los pacientes.
CONCEPTOS RELACIONADOS
VIH | Sida | Medicamento | Enfermedad | Paciente
TEMA:
ESTUDIO SOCIOECONÓMICO
TÍTULO
LA RESOLUCIÓN QUE ORDENA LA PRÁCTICA DE UN ESTUDIO SOCIOECONÓMICO ES UN ACTO DE IMPOSIBLE REPARACIÓN, AL SER SUSCEPTIBLE DE AFECTAR LOS DERECHOS A LA INTIMIDAD Y A LA INVIOLABILIDAD DEL DOMICILIO
INFORMACIÓN DE LA SENTENCIA
CONTRADICCIÓN DE TESIS 144/2019
AÑO DE RESOLUCIÓN
PONENTE
MINISTRA ANA MARGARITA RÍOS FARJAT
SECRETARIA
IRLANDA DENISSE AVALOS NÚÑEZ
RESUMEN
En el presente asunto dos tribunales colegiados de circuito emitieron criterios distintos en torno a si la resolución emitida en un juicio civil que ordena la práctica de un estudio socioeconómico es o no un acto de imposible reparación contra el que proceda el juicio de amparo indirecto.
Por un lado, uno de los tribunales colegiados sostuvo que tal determinación no es un acto de imposible reparación, en tanto que no vulnera derechos sustantivos, mientras que el otro tribunal consideró que esta clase de resoluciones sí son susceptibles de transgredir el derecho humano a la inviolabilidad del domicilio, afectando además los derechos a la vida privada, a la intimidad y tranquilidad del hogar, pues quien realiza la entrevista puede tener acceso al domicilio de la persona con el propósito de obtener datos que le permitan elaborar el estudio socioeconómico en cuestión.
Así, a fin de resolver el asunto, el problema jurídico que analizó la Primera Sala consistió en determinar si la referida resolución produce o no efectos de imposible reparación que hagan procedente el juicio de amparo indirecto.
CONCEPTOS RELACIONADOS
Socioeconómico | Reparación | Intimidad | Inviolabilidad | Domicilio
TEMA:
PERSPECTIVA DE GÉNERO Y CONSIDERACIÓN DE LOS FACTORES SOCIALES, CULTURALES Y ECONÓMICOS AL MOMENTO DE FIJAR UNA PENSIÓN ALIMENTARIA
TÍTULO
OBLIGACIÓN DE JUZGAR CON PERSPECTIVA DE GÉNERO. ES NECESARIO TOMAR EN CUENTA LOS FACTORES SOCIALES, CULTURALES Y ECONÓMICOS AL MOMENTO DE FIJAR EL MONTO POR CONCEPTO DE PENSIÓN ALIMENTARIA
INFORMACIÓN DE LA SENTENCIA
AMPARO DIRECTO EN REVISIÓN 7098/2019
AÑO DE RESOLUCIÓN
PONENTE
MINISTRO JUAN LUIS GONZÁLEZ ALCÁNTARA CARRANCÁ
SECRETARIO
FERNANDO SOSA PASTRANA
RESUMEN
Una mujer que durante treinta y tres años se dedicó al trabajo del hogar, le demandó a su cónyuge el pago de una pensión alimentaria que no fuera menor al 45% del total de sus ingresos.
En el presente asunto, la Primera Sala analizó la obligación de juzgar con perspectiva de género la desigualdad estructural en la que se encuentran las mujeres, en específico, cuando son cónyuges de una persona adscrita a las fuerzas militares mexicanas y las cuestiones relativas para establecer el monto de la obligación alimentaria.
CONCEPTOS RELACIONADOS
Perspectiva | Género | Pensión | Alimentos | Factores
TEMA:
RESPONSABILIDAD DE INTERMEDIARIOS EN INTERNET
TÍTULO
LAS EMPRESAS PROPIETARIAS DE PLATAFORMAS ELECTRÓNICAS INTERMEDIARIAS DE EMPLEABILIDAD NO SON RESPONSABLES POR LOS ACTOS DE DISCRIMINACIÓN COMETIDOS POR LOS USUARIOS EN ÉSTAS
INFORMACIÓN DE LA SENTENCIA
AMPARO DIRECTO EN REVISIÓN 1956/2020
AÑO DE RESOLUCIÓN
PONENTE
MINISTRO JUAN LUIS GONZÁLEZ ALCÁNTARA CARRANCÁ
SECRETARIA
MÓNICA CACHO MALDONADO
RESUMEN
Una asociación civil demandó a dos empresas. La primera era una compañía que publicó en internet una convocatoria de trabajo para los puestos de Ingeniero Agrónomo y Técnico Agrícola, ambos entre 25 a 45 años. La segunda fue la empresa dueña de la plataforma en donde fue publicada la convocatoria de trabajo.
En este asunto la Primera Sala analizó si las empresas propietarias de las plataformas electrónicas —que funcionan como intermediaras entre los ofertantes y los solicitantes de empleo—, son responsables por los actos de discriminación que puedan llegar a cometer los empleadores al realizar ofertas de trabajo dentro del mismo portal.
CONCEPTOS RELACIONADOS
Plataforma | Intermediarios | Empleo | Responsabilidad | Discriminación
TEMA:
JURISDICCIÓN ESPECIAL INDÍGENA
TÍTULO
RECONOCIMIENTO DE LA JURISDICCIÓN ESPECIAL INDÍGENA COMO PARTE DE NUESTRO SISTEMA JURÍDICO
INFORMACIÓN DE LA SENTENCIA
AMPARO DIRECTO 6/2018
AÑO DE RESOLUCIÓN
PONENTE
MINISTRO JUAN LUIS GONZÁLEZ ALCÁNTARA CARRANCÁ
SECRETARIA (O)
ANA MARCELA ZATARAIN BARRETT
FERNANDO SOSA PASTRANA
RESUMEN
Un miembro de una comunidad indígena promovió un amparo directo en contra de una sentencia de la Sala de Justicia Indígena de Oaxaca, en la que se reconoció la validez de las sanciones que le fueron impuestas por las autoridades comunitarias.
El problema jurídico que fue planteado ante la Suprema Corte de Justicia consistió en evaluar si fue correcto que la Sala de Justicia Indígena considerara que los hechos juzgados por las autoridades comunitarias corresponden, en efecto, a la jurisdicción especial indígena.
CONCEPTOS RELACIONADOS
Jurisdicción | Especial | Indígena | Sistema | Autodeterminación
TEMA:
DISCRIMINACIÓN POR OFERTA LABORAL Y EDAD
TÍTULO
DISCRIMINACIÓN EN LAS OFERTAS DE EMPLEO DONDE SE MANIFIESTAN DETERMINADAS PREFERENCIAS Y LAS MEDIDAS DE REPARACIÓN ANTE ESTOS ACTOS
INFORMACIÓN DE LA SENTENCIA
AMPARO DIRECTO EN REVISIÓN 1958/2020
AÑO DE RESOLUCIÓN
PONENTE
MINISTRO JUAN LUIS GONZÁLEZ ALCÁNTARA CARRANCÁ
SECRETARIA
MÓNICA CACHO MALDONADO
RESUMEN
Una asociación civil demandó a dos empresas. La primera era una compañía que publicó en internet una convocatoria de trabajo para los puestos de Ingeniero Agrónomo y Técnico Agrícola, ambos entre 25 a 45 años. La segunda fue la empresa dueña de la plataforma en donde fue publicada la convocatoria de trabajo.
La asociación civil consideró que la oferta de trabajo exigía un rango de edad injustificado. Por tal motivo, interpuso un amparo que es objeto de estudio en este asunto, a fin de determinar si el requisito de edad de la convocatoria de trabajo establece una distinción que afecta el derecho a la igualdad y no discriminación.
CONCEPTOS RELACIONADOS
Discriminación | Oferta | Laboral | Edad | Reparación
TEMA:
MODIFICACIÓN DE PENSIÓN ALIMENTICIA POR VÍA PRINCIPAL O INCIDENTAL
TÍTULO
LA ACCIÓN PARA SOLICITAR LA MODIFICACIÓN DE LA PENSIÓN ALIMENTICIA PUEDE EJERCERSE, INDISTINTAMENTE, EN UN PROCEDIMIENTO PRINCIPAL O EN UNO INCIDENTAL, SIEMPRE QUE LA LEY APLICABLE NO ESTABLEZCA PROHIBICIÓN EXPRESA
INFORMACIÓN DE LA SENTENCIA
CONTRADICCIÓN DE TESIS 497/2019
AÑO DE RESOLUCIÓN
PONENTE
MINISTRA ANA MARGARITA RÍOS FARJAT
SECRETARIO
RAÚL MENDIOLA PIZAÑA
RESUMEN
En el presente asunto un tribunal colegiado y un pleno de circuito emitieron criterios distintos en torno a si la pensión alimenticia fijada en una sentencia definitiva o en un convenio de divorcio elevado a categoría de sentencia puede ser modificada a través de un incidente o, por el contrario, solamente a través de un juicio principal.
Por un lado, el tribunal colegiado determinó que la acción para modificar una pensión alimenticia sólo puede promoverse mediante un procedimiento principal, mientras que el pleno de circuito consideró que la referida acción puede ejercitarse indistintamente.
Así, el problema jurídico que analizó la Primera Sala consistió en determinar si la acción de modificación de pensión alimenticia puede ejercerse únicamente mediante la promoción de un juicio autónomo y principal o si, por el contrario, es susceptible de ser estudiado de manera indistinta, ya sea a través de un juicio principal o por la vía incidental.
CONCEPTOS RELACIONADOS
Pensión | Alimentos | Modificación | Principal | Incidental
TEMA:
PUBLICACIÓN DE SENTENCIAS POR LOS PODERES JUDICIALES LOCALES
TÍTULO
LOS PODERES JUDICIALES LOCALES ESTÁN OBLIGADOS A PUBLICAR TODAS LAS SENTENCIAS QUE EMITAN
INFORMACIÓN DE LA SENTENCIA
AMPARO EN REVISIÓN 271/2020
AÑO DE RESOLUCIÓN
PONENTE
MINISTRO JUAN LUIS GONZÁLEZ ALCÁNTARA CARRANCÁ
SECRETARIOS
FERNANDO SOSA PASTRANA
VÍCTOR MANUEL ROCHA MERCADO
RESUMEN
En 2018, dos personas realizaron una búsqueda dentro del portal de internet del Poder Judicial de Zacatecas, para verificar si esta institución cumplía con la obligación de publicar sus sentencias.
Ante la omisión por parte del Poder Judicial de Zacatecas de hacer públicas las resoluciones en Internet, las personas decidieron promover un juicio de amparo indirecto ya que consideraban que era violatorio de su derecho al acceso a la información. No obstante, el juez decidió no conceder la protección constitucional por falta de interés jurídico.
Las personas inconformes, acudieron a la Suprema Corte de Justicia para que resolviera cuáles son los supuestos para que una persona pueda reclamar la transgresión al derecho de acceso a la información cuando hay una omisión de publicar información de orden público por parte del Poder Judicial.
CONCEPTOS RELACIONADOS
Poder | Judicial | Publicidad | Sentencias | Información