Se recibieron 8 acciones de inconstitucionalidad, de las cuales una se desechó debido a la falta de atribuciones del actor (Partido Hagamos, en Jalisco) para ejecutar este medio de control constitucional.
Los asuntos de la Corte son turnados a un ministro o ministra instructora por parte de la persona que se encuentre como titular de la Presidencia -en este caso, la Ministra Norma Lucía Piña Hernández- para su atención.
De conformidad con el Reglamento Interior de la SCJN, dicha distribución se lleva a cabo siguiendo rigurosamente el orden de designación de las y los ministros, así como el cronológico de presentación de cada tipo de asuntos.
Así, una vez que el asunto se encuentre en condiciones de ser enviado a la Ponencia correspondiente, se remite el expediente generado, para formular el proyecto de resolución respectivo.
En este caso, el proyecto fue asignado al ministro Javier Laynez Potisek, quien actualmente integra la Segunda Sala de la SCJN y fue designado por el Senado de la República en diciembre de 2015.
Ciudad de México, 28 de marzo de 2023
NOTA INFORMATIVA
El Ministro instructor Javier Laynez Potisek admitió hoy a trámite la Acción de Inconstitucionalidad 71/2023 y su acumulada 75/2023, promovidas por los partidos políticos Movimiento Ciudadano y de la Revolución Democrática, respectivamente, en contra del “Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, de la Ley General de Partidos Políticos, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, y se expide la Ley General de los Medios de Impugnación en Materia Electoral”.
Asimismo, negó la suspensión solicitada, en función de la medida cautelar ordenada en la Controversia Constitucional 261/2023 promovida por el Instituto Nacional Electoral.
La Corte analizará el Decreto de reformas a la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, a la Ley General de Partidos Políticos, a la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, y se expide la Ley General de los Medios de Impugnación en Materia Electoral, publicado el pasado 2 de marzo de 2023.
El proyecto propone declarar la invalidez de esta segunda parte del llamado “Plan B” en materia electoral pues se estima que, durante la aprobación del Decreto, el Congreso de la Unión incurrió en múltiples violaciones graves al procedimiento legislativo.
El Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, por mayoría de 9 votos, invalidó el Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, de la Ley General de Partidos Políticos, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, y se expide la Ley General de los Medios de Impugnación en Materia Electoral, publicado el 2 de marzo de 2023.
La Corte resolvió que existieron múltiples violaciones graves al procedimiento legislativo y que, conforme a la jurisprudencia del propio Tribunal, invalidan dicho procedimiento.