Resoluciones del Comité de Transparencia

Expediente: Clasificación de Información 50/2015-J      Folio(s): SSAI/00768715

Tema:

Varios Pleno SCJN

Clasificación: Clasificaciones de Información Jurisdiccionales

Área responsable de la Información: Secretaría General de Acuerdos

Área responsable de la Información: Centro de Documentación y Análisis, Archivos y Compilación de Leyes

Típo de información solicitada: Jurisdiccional

Términos en la resolución del Comité: PRIMERO. Se califica de legal el impedimento de la titular del Centro de Documentación y Análisis, Archivos y Compilación de Leyes, conforme a lo expuesto en la consideración II de esta resolución.
SEGUNDO. Se confirman los informes del Centro de Documentación y Análisis, Archivos y Compilación de Leyes y de la Secretaría General de Acuerdos, en términos de lo señalado en la consideración IV de esta resolución.
TERCERO. Son inexistentes el problemario, la resolución definitiva y los votos particulares o concurrentes del expediente de Varios 138/2015 del Pleno del Alto Tribunal, de acuerdo con lo señalado en la última consideración de esta resolución.
CUARTO. Se requiere a los titulares de la Secretaría General de Acuerdos, de la Subsecretaría General de Acuerdos y del Centro de Documentación y Análisis, Archivos y Compilación de Leyes, de acuerdo con lo establecido en la consideración IV de esta clasificación.

Fecha de resolución:

Expediente: Clasificación de Información 51/2015-J      Folio(s): SSAI/00774015

Tema:

Amparo directo en revisión Pleno SCJN

Clasificación: Clasificaciones de Información Jurisdiccionales

Área responsable de la Información: Secretaría General de Acuerdos

Área responsable de la Información: Subsecretaría General de Acuerdos

Típo de información solicitada: Jurisdiccional

Términos en la resolución del Comité: PRIMERO. Se confirman los informes emitidos por el Secretario General de Acuerdos y por el Subsecretario General de Acuerdos, en los términos señalados en el Considerando III de la presente determinación.
SEGUNDO. Se determina que la demanda del amparo directo en revisión 3679/2015 constituye información temporalmente reservada, en términos de lo señalado en el Considerando III de esta resolución.
TERCERO. Se determina que el problemario, resolución definitiva, así como votos particulares o concurrentes en el amparo directo en revisión 3679/2015, dada la etapa procesal en que se ubica el asunto, constituyen información inexistente, en términos de lo expuesto en el Considerando III de esta resolución.

Fecha de resolución:

Expediente: Clasificación de Información 52/2015-J      Folio(s): SSAI/00774115

Tema:

Amparo directo en revisión Pleno SCJN

Clasificación: Clasificaciones de Información Jurisdiccionales

Área responsable de la Información: Secretaría General de Acuerdos

Área responsable de la Información: Subsecretaría General de Acuerdos

Área responsable de la Información: Centro de Documentación y Análisis, Archivos y Compilación de Leyes

Típo de información solicitada: Jurisdiccional

Términos en la resolución del Comité: PRIMERO. Se confirma el informe de la Secretaría General de Acuerdos del Alto Tribunal y se tiene por agotado el requerimiento hecho a la Subsecretaría General de Acuerdos, en términos de lo señalado en la consideración II de esta resolución.
SEGUNDO. Son inexistentes el problemario, la resolución definitiva y los votos particulares o concurrentes del expediente del Amparo Directo en Revisión 3657/2015 del Pleno del Alto Tribunal, de acuerdo con lo señalado en la última consideración de esta resolución.
TERCERO. Se requiere a los titulares de la Secretaría General de Acuerdos, Subsecretaría General de Acuerdos y del Centro de Documentación y Análisis, Archivos y Compilación de Leyes, en términos de lo establecido en la última parte de esta clasificación.

Fecha de resolución:

Expediente: Clasificación de Información 53/2015-J      Folio(s): SSAI/00774215

Tema:

Amparo Directo en Revisión Pleno SCJN

Clasificación: Clasificaciones de Información Jurisdiccionales

Área responsable de la Información: Secretaría General de Acuerdos

Área responsable de la Información: Subsecretaría General de Acuerdos

Área responsable de la Información: Centro de Documentación y Análisis, Archivos y Compilación de Leyes

Típo de información solicitada: Jurisdiccional

Términos en la resolución del Comité: PRIMERO. Se confirma el informe de la Secretaría General de Acuerdos del Alto Tribunal y se tiene por agotado el requerimiento hecho a la Subsecretaría General de Acuerdos, en términos de lo señalado en la consideración III de esta resolución.
SEGUNDO. Son inexistentes el problemario, la resolución definitiva y los votos particulares o concurrentes del expediente del Amparo Directo en Revisión 3638/2015 del Pleno del Alto Tribunal, de acuerdo con lo señalado en la última consideración de esta resolución.
TERCERO. Se requiere a los titulares de la Secretaría General de Acuerdos, de la Subsecretaría General de Acuerdos y del Centro de Documentación y Análisis, Archivos y Compilación de Leyes, de acuerdo con lo establecido en la consideración III de esta clasificación.

Fecha de resolución:

Expediente: Clasificación de Información 54/2015-J      Folio(s): SSAI/00774315

Tema:

Amparo directo en revisión Pleno SCJN

Clasificación: Clasificaciones de Información Jurisdiccionales

Área responsable de la Información: Secretaría General de Acuerdos

Área responsable de la Información: Subsecretaría General de Acuerdos

Área responsable de la Información: Centro de Documentación y Análisis, Archivos y Compilación de Leyes

Típo de información solicitada: Jurisdiccional

Términos en la resolución del Comité: PRIMERO. Se confirma el informe de la Secretaría General de Acuerdos del Alto Tribunal y se tiene por agotado el requerimiento hecho a la Subsecretaría General de Acuerdos, en términos de lo señalado en la consideración II de esta resolución.
SEGUNDO. Son inexistentes el problemario, la resolución definitiva y los votos particulares o concurrentes del expediente del Amparo Directo en Revisión 3606/2015 del Pleno del Alto Tribunal, de acuerdo con lo señalado en la última consideración de esta resolución.
TERCERO. Se requiere a los titulares de la Secretaría General de Acuerdos, Subsecretaría General de Acuerdos y del Centro de Documentación y Análisis, Archivos y Compilación de Leyes, en términos de lo establecido en la última parte de esta clasificación.

Fecha de resolución:

Expediente: Clasificación de Información 55/2015-J      Folio(s): SSAI/00774415

Tema:

Amparo directo en revisión Pleno SCJN

Clasificación: Clasificaciones de Información Jurisdiccionales

Área responsable de la Información: Secretaría General de Acuerdos

Área responsable de la Información: Subsecretaría General de Acuerdos

Típo de información solicitada: Jurisdiccional

Términos en la resolución del Comité: PRIMERO. Se confirman los informes emitidos por el Secretario General de Acuerdos y por el Subsecretario General de Acuerdos, en los términos señalados en el Considerando III de la presente determinación.
SEGUNDO. Se determina que la demanda del amparo directo en revisión 3593/2015 constituye información temporalmente reservada, en términos de lo señalado en el Considerando III de esta resolución.
TERCERO. Se determina que el problemario, resolución definitiva, así como votos particulares o concurrentes en el amparo directo en revisión 3593/2015, dada la etapa procesal en que se ubica el asunto, constituyen información inexistente, en términos de lo expuesto en el Considerando III de esta resolución.

Fecha de resolución:

Expediente: Clasificación de Información 56/2015-J      Folio(s): SSAI/00774515

Tema:

Amparo Directo en Revisión Pleno SCJN.

Clasificación: Clasificaciones de Información Jurisdiccionales

Área responsable de la Información: Secretaría General de Acuerdos

Área responsable de la Información: Subsecretaría General de Acuerdos

Área responsable de la Información: Centro de Documentación y Análisis, Archivos y Compilación de Leyes

Típo de información solicitada: Jurisdiccional

Términos en la resolución del Comité: PRIMERO. Se confirma el informe de la Secretaría General de Acuerdos del Alto Tribunal y se tiene por agotado el requerimiento hecho a la Subsecretaría General de Acuerdos, en términos de lo señalado en la consideración III de esta resolución.
SEGUNDO. Son inexistentes el problemario, la resolución definitiva y los votos particulares o concurrentes del expediente del Amparo Directo en Revisión 3574/2015 del Pleno del Alto Tribunal, de acuerdo con lo señalado en la última consideración de esta resolución.
TERCERO. Se requiere a la Secretaría General de Acuerdos, a la Subsecretaría General de Acuerdos y al Centro de Documentación y Análisis, Archivos y Compilación de Leyes, de acuerdo con lo establecido en la consideración III de esta clasificación.

Fecha de resolución:

Expediente: Clasificación de Información 57/2015-J      Folio(s): SSAI/00774615

Tema:

Amparo directo en revisión Pleno SCJN

Clasificación: Clasificaciones de Información Jurisdiccionales

Área responsable de la Información: Secretaría General de Acuerdos

Área responsable de la Información: Subsecretaría General de Acuerdos

Área responsable de la Información: Centro de Documentación y Análisis, Archivos y Compilación de Leyes

Típo de información solicitada: Jurisdiccional

Términos en la resolución del Comité: PRIMERO. Se confirma el informe de la Secretaría General de Acuerdos del Alto Tribunal y se tiene por agotado el requerimiento hecho a la Subsecretaría General de Acuerdos, en términos de lo señalado en la consideración II de esta resolución.
SEGUNDO. Son inexistentes el problemario, la resolución definitiva y los votos particulares o concurrentes del expediente del Amparo Directo en Revisión 3572/2015 del Pleno del Alto Tribunal, de acuerdo con lo señalado en la última consideración de esta resolución.
TERCERO. Se requiere a los titulares de la Secretaría General de Acuerdos, Subsecretaría General de Acuerdos y del Centro de Documentación y Análisis, Archivos y Compilación de Leyes, en términos de lo establecido en la última parte de esta clasificación.

Fecha de resolución:

Expediente: Clasificación de Información 58/2015-J      Folio(s): SSAI/00774815

Tema:

Amparo Directo en Revisión Pleno SCJN

Clasificación: Clasificaciones de Información Jurisdiccionales

Área responsable de la Información: Secretaría General de Acuerdos

Área responsable de la Información: Subsecretaría General de Acuerdos

Área responsable de la Información: Centro de Documentación y Análisis, Archivos y Compilación de Leyes

Típo de información solicitada: Jurisdiccional

Términos en la resolución del Comité: PRIMERO. Se confirma el informe de la Secretaría General de Acuerdos del Alto Tribunal y se tiene por agotado el requerimiento hecho a la Subsecretaría General de Acuerdos, en términos de lo señalado en la consideración III de esta resolución.
SEGUNDO. Son inexistentes el problemario, la resolución definitiva y los votos particulares o concurrentes del expediente del Amparo CLASIFICACIÓN DE INFORMACIÓN 58/2015-J13 Directo en Revisión 3470/2015 del Pleno del Alto Tribunal, de acuerdo con lo señalado en la última consideración de esta resolución.
TERCERO. Se requiere a la Secretaría General de Acuerdos, a la Subsecretaría General de Acuerdos y al Centro de Documentación y Análisis, Archivos y Compilación de Leyes, de acuerdo con lo establecido en la consideración III de esta clasificación.

Fecha de resolución:

Expediente: Clasificación de Información 59/2015-J      Folio(s): SSAI/00774715

Tema:

Amparo directo en revisión Pleno SCJN.

Clasificación: Clasificaciones de Información Jurisdiccionales

Área responsable de la Información: Secretaría General de Acuerdos

Área responsable de la Información: Subsecretaría General de Acuerdos

Área responsable de la Información: Centro de Documentación y Análisis, Archivos y Compilación de Leyes

Típo de información solicitada: Jurisdiccional

Términos en la resolución del Comité: PRIMERO. Se confirma el informe de la Secretaría General de Acuerdos del Alto Tribunal y se tiene por agotado el requerimiento hecho a la Subsecretaría General de Acuerdos, en términos de lo señalado en la consideración II de esta resolución.
SEGUNDO. Son inexistentes el problemario, la resolución definitiva y los votos particulares o concurrentes del expediente del Amparo Directo en Revisión 3525/2015 del Pleno del Alto Tribunal, de acuerdo con lo señalado en la última consideración de esta resolución.
TERCERO. Se requiere a los titulares de la Secretaría General de Acuerdos, Subsecretaría General de Acuerdos y del Centro de Documentación y Análisis, Archivos y Compilación de Leyes, en términos de lo establecido en la última parte de esta clasificación.

Fecha de resolución:

Expediente: Clasificación de Información 60/2015-J      Folio(s): SSAI/00826815

Tema:

Amparo en revisión Primera Sala SCJN

Clasificación: Clasificaciones de Información Jurisdiccionales

Área responsable de la Información: Secretaría de Acuerdos de la Primera Sala

Área responsable de la Información: Dirección General de Comunicación y Vinculación Social

Típo de información solicitada: Jurisdiccional

Términos en la resolución del Comité: PRIMERO. Se confirma parcialmente el informe emitido por el Secretario de Acuerdos de la Primera Sala, en los términos señalados en el Considerando III, apartado A, de la presente determinación.
SEGUNDO. Se confirma el informe emitido por el titular de la Dirección General de Comunicación y Vinculación Social, en los términos señalados en el Considerando III, apartado B, de la clasificación que nos ocupa.
TERCERO. Se determina que el escrito de expresión de agravios del Amparo en Revisión 405/2015 constituye información temporalmente reservada, en términos de lo señalado en el Considerando III, apartado A, de esta resolución.
CUARTO. Se determina la inexistencia de la resolución definitiva, votos particulares o concurrentes, así como de la nota de prensa, relativos al Amparo en Revisión 405/2015, en términos de lo expuesto en el Considerando III, apartado A, de esta resolución.
QUINTO. Se requiere al Secretario de Acuerdos de la Primera Sala del Alto Tribunal, para que rinda el informe de disponibilidad, clasificación y cotización del problemario del Amparo en Revisión 405/2015, en atención a lo señalado en la parte final de la consideración III, apartado A, de esta resolución.

Fecha de resolución:

Expediente: Clasificación de Información 61/2015-J      Folio(s): SSAI/00826615

Tema:

Amparo Directo en Revisión Pleno SCJN

Clasificación: Clasificaciones de Información Jurisdiccionales

Área responsable de la Información: Centro de Documentación y Análisis, Archivos y Compilación de Leyes

Área responsable de la Información: Director General de Comunicación y Vinculación Social

Área responsable de la Información: Secretaría General de Acuerdos

Área responsable de la Información: Subsecretaría General de Acuerdos

Área responsable de la Información: Centro de Documentación y Análisis, Archivos y Compilación de Leyes

Típo de información solicitada: Jurisdiccional

Términos en la resolución del Comité: PRIMERO. Se califica de legal el impedimento de la titular del Centro de Documentación y Análisis, Archivos y Compilación de Leyes, conforme a lo expuesto en la consideración II de esta resolución.
SEGUNDO. Se confirman los informe rendidos por el Secretario General de Acuerdos, la titular del Centro de Documentación y Análisis, Archivos y Compilación de Leyes y el Director General de Comunicación y Vinculación Social, en términos de lo expuesto en el considerando III de esta resolución.
TERCERO. Se declara la inexistencia del problemario, nota de prensa, resolución definitiva y votos particulares o concurrentes emitidos dentro del expediente del Amparo Directo en Revisión 2043/2015 del Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación.
CUARTO. Se requiere al Secretario General de Acuerdos, y/o al Subsecretario General de Acuerdos y/o al Centro de Documentación y Análisis, Archivos y Compilación de Leyes, de acuerdo con lo establecido en el considerando III de esta clasificación.

Fecha de resolución:

Expediente: Clasificación de Información 62/2015-J      Folio(s): SSAI/00827115

Tema:

Amparo Directo en Revisión Pleno SCJN

Clasificación: Clasificaciones de Información Jurisdiccionales

Área responsable de la Información: Secretaría General de Acuerdos

Área responsable de la Información: Centro de Documentación y Análisis, Archivos y Compilación de Leyes

Área responsable de la Información: Dirección General de Comunicación y Vinculación Social

Típo de información solicitada: Jurisdiccional

Términos en la resolución del Comité: PRIMERO. Se califica de legal el impedimento de la titular del Centro de Documentación y Análisis, Archivos y Compilación de Leyes, conforme a lo expuesto en la consideración II de esta resolución.
SEGUNDO. Se confirman los informes de la Secretaría General de Acuerdos, del Centro de Documentación y Análisis, Archivos y Compilación de Leyes y de la Dirección General de Comunicación y Vinculación Social, en términos de lo señalado en la consideración IV de esta resolución.
TERCERO. Son inexistentes el problemario, la resolución definitiva, los votos particulares o concurrentes del expediente Amparo Directo en Revisión 2851/2014 del Pleno del Alto Tribunal, así como alguna nota de prensa relacionada con ese asunto, de acuerdo con lo señalado en la última consideración de esta resolución.
CUARTO. Por conducto de la Unidad General de Transparencia y Sistematización de la Información Judicial, póngase a disposición del peticionario la versión pública del escrito inicial de demanda del Amparo Directo en Revisión 2851/2014 del Pleno del Alto Tribunal, de conformidad con lo establecido en la consideración IV de esta clasificación.

Fecha de resolución:

Expediente: Ejecución 1 de la Clasificación de Información 31/2015-J      Folio(s): SSAI/00053715

Tema:

Escritos iniciales y resoluciones de amparos en revisión e incidentes de inejecución de sentencia

Clasificación: Ejecuciones

Área responsable de la Información: Centro de Documentación y Análisis, Archivos y Compilación de Leyes

Típo de información solicitada: Jurisdiccional

Términos en la resolución del Comité: PRIMERO. Se califica de legal el impedimento de la titular del Centro de Documentación y Análisis, Archivos y Compilación de Leyes, conforme a lo expuesto en la consideración II de esta resolución.
SEGUNDO. Se confirma el informe de la titular del Centro de Documentación y Análisis, Archivos y Compilación de Leyes, de acuerdo con lo expuesto en la consideración III de la presente ejecución.
TERCERO. Se tiene por agotada la materia de la solicitud de origen, acorde con lo señalado en la última consideración de esta ejecución.

Fecha de resolución:

Expediente: Ejecución 1 de la Clasificación de Información 7/2015-A      Folio(s): SSAI/00076415

Tema:

Nombre secretarios de estudio y cuenta SCJN.

Clasificación: Ejecuciones

Área responsable de la Información: Dirección General de Recursos Humanos e Innovación Administrativa

Típo de información solicitada: Administrativa

Términos en la resolución del Comité: PRIMERO. Se confirma parcialmente el informe y por tanto la inexistencia de la información relativa al nombre de los 10 Secretarios de Estudio y Cuenta que trabajaron en este Alto Tribunal en el año 1994, de conformidad con lo señalado en el Considerando II.
SEGUNDO. Se requiere a la titular de la Dirección General de Recursos Humanos e Innovación Administrativa para que emita un informe de disponibilidad y clasificación relativo al nombre de todos los Secretarios de Estudio y Cuenta adscritos a áreas diferentes a las ponencias, en el plazo de
cinco días hábiles a partir de la notificación de la presente resolución, de conformidad con lo precisado en el Considerando II.

Fecha de resolución:

Expediente: Ejecución 1 de la Clasificación de Información 8/2015-A      Folio(s): SSAI/00079015

Tema:

Procedimientos de responsabilidad SCJN.

Clasificación: Ejecuciones

Área responsable de la Información: Directora General de Responsabilidades Administrativas y de Registro Patrimonial

Típo de información solicitada: Administrativa

Términos en la resolución del Comité: PRIMERO. Se califica de legal el impedimento hecho valer por la titular de la Dirección General de Responsabilidades Administrativas y de Registro Patrimonial, en los términos señalados en la consideración II de esta resolución.
SEGUNDO. Se confirma el informe de la Directora General de Responsabilidades Administrativas y de Registro Patrimonial, emitido en cumplimiento a lo ordenado en la clasificación de información de origen y se tiene por agotada la materia de la Clasificación, de acuerdo a lo precisado en la última consideración de la presente resolución.

Fecha de resolución:

Expediente: Clasificación de Información 31/2015-J      Folio(s): SSAI/00053715

Tema:

Escritos iniciales y resoluciones de amparo en revisión e incidentes de inejecución

Clasificación: Clasificaciones de Información Jurisdiccionales

Área responsable de la Información: Centro de Documentación y Análisis, Archivos y Compilación de Leyes

Típo de información solicitada: Jurisdiccional

Términos en la resolución del Comité: PRIMERO. Se califica de legal el impedimento de la titular del Centro de Documentación y Análisis, Archivos y Compilación de Leyes, conforme a lo expuesto en la consideración II de esta resolución.
SEGUNDO. Se confirma parcialmente el informe de la titular del Centro de Documentación y Análisis, Archivos y Compilación de Leyes en términos de lo expuesto en el apartado A de la última consideración de la presente resolución.
TERCERO. Se requiere a la titular del Centro de Documentación y Análisis, Archivos y Compilación de Leyes, en atención a lo señalado en la consideración III de esta resolución.

Fecha de resolución:

Expediente: Clasificación de Información 32/2015-J      Folio(s): SSAI/00083715

Tema:

Expedientes de juicios de amparo

Clasificación: Clasificaciones de Información Jurisdiccionales

Área responsable de la Información: Centro de Documentación y Análisis, Archivos y Compilación de Leyes

Típo de información solicitada: Jurisdiccional

Términos en la resolución del Comité: PRIMERO. Se califica de legal el impedimento de la titular del Centro de Documentación y Análisis, Archivos y Compilación de Leyes, conforme a lo expuesto en la consideración II de esta resolución.
SEGUNDO. Se confirma el informe del Centro de Documentación y Análisis, Archivos y Compilación de Leyes, en términos de lo expuesto en la consideración III de esta clasificación.
TERCERO. En la materia de esta clasificación, se confirma la inexistencia de los expedientes de los juicios de amparo requeridos por la persona solicitante materia de la presente clasificación, en atención a lo señalado en la última consideración de esta resolución.

Fecha de resolución:

Expediente: Clasificación de Información 34/2015-J      Folio(s): SSAI/00086415

Tema:

Demanda de Acción de Inconstitucionalidad Pleno SCJN

Clasificación: Clasificaciones de Información Jurisdiccionales

Área responsable de la Información: Secretaría General de Acuerdos

Área responsable de la Información: Sección de Trámite de Controversias Constitucionales y Acciones de Inconstitucionalidad

Típo de información solicitada: Jurisdiccional

Términos en la resolución del Comité: PRIMERO. Se confirman los informes emitidos por el Secretario General de Acuerdos y el Secretario de la Sección
de Trámite de Controversias Constitucionales y Acciones de Inconstitucionalidad de la Subsecretaría General de Acuerdos,
en los términos señalados en el Considerando II de la presente determinación.
SEGUNDO. Se determina que la demanda de la acción de inconstitucionalidad y los documentos denominados Amicus
Curiae que integran la acción de inconstitucionalidad 19/2014 constituyen información temporalmente reservada, en
términos de lo señalado en el Considerando II de esta resolución.

Fecha de resolución:

Expediente: Clasificación de Información 35/2015-J      Folio(s): SSAI/00091215

Tema:

Expedientes de juicios de amparo

Clasificación: Clasificaciones de Información Jurisdiccionales

Área responsable de la Información: Centro de Documentación y Análisis, Archivo y Compilación de Leyes

Típo de información solicitada: Jurisdiccional

Términos en la resolución del Comité: PRIMERO. Se califica de legal el impedimento hecho valer por la titular del Centro de Documentación y Análisis, Archivo y Compilación de Leyes, en los términos señalados en la consideración II de esta resolución.
SEGUNDO. Se confirma el informe rendido por la Titular del Centro de Documentación y Análisis, Archivos y Compilación de Leyes.
TERCERO. Se declara la inexistencia de los expedientes de los juicios de amparo solicitados por el peticionario y que este propio indica que dieron origen a los diversos amparos en revisión del índice del Pleno de este Alto Tribunal identificados como J-1897-08-02-SCJ-TP-TcJAMich-67439, J-1898-05-02-SCJ-TP-TcJA-Mich-70639 y J-1898-07-30-SCJ-TP-TcJA-Mich-70684, de conformidad a lo expuesto en la Consideración III de este fallo.

Fecha de resolución: