Sesión del 05 de Marzo de 2024

Fecha:

ACCIÓN DE INCONSTITUCIONALIDAD 97/2023 

ACCIÓN DE INCONSTITUCIONALIDAD. SOBRESEIMIENTO POR CESACIÓN DE EFECTOS EN VIRTUD DE UN NUEVO ACTO LEGISLATIVO (ARTÍCULO 10, FRACCIONES IV, EN SU PORCIÓN NORMATIVA “DELITO DOLOSO QUE LE IMPONGA PENA DE PRISIÓN. TRATÁNDOSE DE”, Y VII, DE LA LEY DEL FONDO SOBERANO NUEVO NAYARIT).

ACCIÓN DE INCONSTITUCIONALIDAD 205/2023 

ACCESO A CARGOS PÚBLICOS. EL REQUISITO DE NO CONTAR CON ANTECEDENTES PENALES PARA OCUPAR LA SECRETARÍA GENERAL DE ACUERDOS, UNA SECRETARÍA DE ESTUDIO Y CUENTA, UNA SECRETARÍA DE ACUERDOS, UNA ACTUARÍA Y/O UNA DIRECCIÓN JURÍDICA DEL TRIBUNAL DE JUSTICIA ADMINISTRATIVA Y COMBATE A LA CORRUPCIÓN DEL ESTADO DE OAXACA ES CONTRARIO AL PRINCIPIO DE IGUALDAD Y NO DISCRIMINACIÓN (INVALIDEZ DE LOS ARTÍCULOS 59, PÁRRAFO PRIMERO, Y 80, EN SU PORCIÓN NORMATIVA “NO CONTAR CON ANTECEDENTES PENALES”, DE LA LEY ORGÁNICA DEL TRIBUNAL DE JUSTICIA ADMINISTRATIVA Y COMBATE A LA CORRUPCIÓN DEL ESTADO DE OAXACA).

ACCESO A CARGOS PÚBLICOS. EL REQUISITO DE NO SER UNA PERSONA CONDENADA POR LA COMISIÓN DE ALGÚN DELITO, EXCEPTO CULPOSO POR TRÁNSITO DE VEHÍCULO, SALVO QUE SE HAYA COMETIDO BAJO LOS INFLUJOS DEL ALCOHOL, DE ALGUNA DROGA O ENERVANTE PARA SER TITULAR DEL FONDO Y/O SECRETARIA O SECRETARIO DE LA SECRETARÍA DE ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS DEL TRIBUNAL DE JUSTICIA ADMINISTRATIVA Y COMBATE A LA CORRUPCIÓN DEL ESTADO DE OAXACA ES CONTRARIO AL PRINCIPIO DE IGUALDAD Y NO DISCRIMINACIÓN (INVALIDEZ DE LOS ARTÍCULOS 68, FRACCIÓN IV, Y 71, FRACCIÓN IV, DE LA LEY ORGÁNICA DEL TRIBUNAL DE JUSTICIA ADMINISTRATIVA Y COMBATE A LA CORRUPCIÓN DEL ESTADO DE OAXACA).

ACCESO A CARGOS PÚBLICOS. EL REQUISITO DE NO HABER SIDO UNA PERSONA CONDENADA POR DELITO INTENCIONAL QUE AMERITE PENA CORPORAL DE MÁS DE UN AÑO DE PRISIÓN O CUALQUIERA QUE HAYA SIDO LA PENA CUANDO SE TRATE PARA SER TITULAR DEL ÓRGANO INTERNO DE CONTROL DEL TRIBUNAL DE JUSTICIA ADMINISTRATIVA Y COMBATE A LA CORRUPCIÓN DEL ESTADO DE OAXACA RESULTA SOBREINCLUSIVO (INVALIDEZ DEL ARTÍCULO 76, FRACCIÓN III, EN SU PORCIÓN NORMATIVA “DELITO INTENCIONAL QUE AMERITE PENA CORPORAL DE MÁS DE UN AÑO DE PRISIÓN O CUALQUIERA QUE HAYA SIDO LA PENA CUANDO SE TRATE”, DE LA LEY ORGÁNICA DEL TRIBUNAL DE JUSTICIA ADMINISTRATIVA Y COMBATE A LA CORRUPCIÓN DEL ESTADO DE OAXACA).

PRINCIPIOS DE LEGALIDAD Y SEGURIDAD JURÍDICA. LA NORMA LOCAL, QUE PREVÉ CONDUCTAS QUE SE CONSIDERAN AFECTAN “LA BUENA FAMA EN EL CONCEPTO PÚBLICO”, RESULTA AMBIGUA E INDETERMINADA (INVALIDEZ DEL ARTÍCULO 76, FRACCIÓN III, EN SU PORCIÓN NORMATIVA “U OTRO QUE AFECTE LA BUENA FAMA EN EL CONCEPTO PÚBLICO”, DE LA LEY ORGÁNICA DEL TRIBUNAL DE JUSTICIA ADMINISTRATIVA Y COMBATE A LA CORRUPCIÓN DEL ESTADO DE OAXACA).

CONTROVERSIA CONSTITUCIONAL 244/2023 

CONTROVERSIA CONSTITUCIONAL. SOBRESEIMIENTO POR CESACIÓN DE EFECTOS DE LAS NORMAS IMPUGNADAS AL HABER SIDO OBJETO DE UN NUEVO ACTO LEGISLATIVO (ARTÍCULOS 9, NUMERAL 1, FRACCIÓN CIV, 45, NUMERAL 1, 47, NUMERAL 1, 167, NUMERAL 1, 226, NUMERAL 3, 227, NUMERAL 1, Y 228, NUMERAL 2, DE LA LEY DE ASENTAMIENTOS HUMANOS, ORDENAMIENTO TERRITORIAL Y DESARROLLO URBANO DEL ESTADO DE COLIMA, EXPEDIDA MEDIANTE EL DECRETO NÚM. 195, PUBLICADO EN EL PERIÓDICO OFICIAL DE DICHA ENTIDAD FEDERATIVA EL 31 DE DICIEMBRE DE 2022)

PROCEDIMIENTO LEGISLATIVO EN EL ESTADO DE COLIMA. EL HECHO DE QUE EL DICTAMEN LEGISLATIVO POR EL QUE SE APROBÓ EL DECRETO IMPUGNADO SE LIMITE A SEÑALAR QUE SE REALIZARON FOROS DE CONSULTA Y ACTOS DE PARLAMENTO ABIERTO, SON INSUFICIENTES PARA TENER POR DEMOSTRADA LA INTERVENCIÓN LEGALMENTE REQUERIDA DE LOS MUNICIPIOS DE LA ENTIDAD (INVALIDEZ DEL DECRETO 195, POR VIRTUD DEL CUAL SE EXPIDIÓ LA LEY DE ASENTAMIENTOS HUMANOS, ORDENAMIENTO TERRITORIAL Y DESARROLLO URBANO DEL ESTADO DE COLIMA, PUBLICADA EN EL PERIÓDICO OFICIAL "EL ESTADO DE COLIMA", EN LA EDICIÓN ORDINARIA NÚMERO 86, SUPLEMENTO NÚMERO 8, DEL SÁBADO 31 DE DICIEMBRE DE 2022).

CONTROVERSIA CONSTITUCIONAL. REVIVISCENCIA DE LAS NORMAS ANTERIORES A LAS IMPUGNADAS AL DECLARARSE LA INVALIDEZ DEL DECRETO QUE DIO LUGAR A ÉSTAS (REVIVISCENCIA DE LA LEY DE ASENTAMIENTOS HUMANOS DEL ESTADO DE COLIMA, PUBLICADA EN EL PERIÓDICO OFICIAL DE DICHA ENTIDAD FEDERATIVA EL7 DE MAYO DE 1994, EN LO QUE NO SE OPONGA A LO DISPUESTO EN LA LEY GENERAL DE ASENTAMIENTOS HUMANOS, ORDENAMIENTO TERRITORIAL Y DESARROLLO URBANO).