Sesión del 8 de Julio de 2024
CONTROVERSIA CONSTITUCIONAL 163/2021
BALIZAMIENTO HOMOLOGADO DE LOS VEHÍCULOS OFICIALES UTILIZADOS POR LOS CUERPOS POLICIALES DESTINADOS A REALIZAR FUNCIONES DE SEGURIDAD CIUDADANA EN LA CIUDAD DE MÉXICO. LAS DISPOSICIONES LEGALES QUE ESTABLECEN LA HOMOLOGACIÓN DE BALIZAMIENTO PARA TODOS LOS VEHÍCULOS OFICIALES UTILIZADOS POR LOS CUERPOS POLICIALES DESTINADOS A REALIZAR FUNCIONES DE SEGURIDAD CIUDADANA EN TODO EL TERRITORIO DE LA CIUDAD DE MÉXICO, NO IRRUMPEN EN LA ESFERA DE COMPETENCIA DE LAS ALCALDÍAS PREVISTA EN LA CONSTITUCIÓN FEDERAL, EN LA MEDIDA EN QUE NO SE ADVIERTE QUE DICHO ORDEN DE GOBIERNO GOCE DE UNA AUTONOMÍA ADMINISTRATIVA Y DE GESTIÓN EN MATERIA DE SEGURIDAD CIUDADANA, YA QUE SI BIEN TIENE RESERVADAS CIERTAS FUNCIONES, LA QUE SE VINCULA CON ESE BALIZAMIENTO (PROXIMIDAD VECINAL Y VIGILANCIA) SE REALIZA EN UN PLANO DE SUBORDINACIÓN AL GOBIERNO CENTRAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO (DECRETO POR EL QUE SE MODIFICAN LOS PÁRRAFOS PRIMERO Y SEGUNDO DEL ARTÍCULO 79 DE LA LEY DEL SISTEMA DE SEGURIDAD CIUDADANA DE LA CIUDAD DE MÉXICO Y SE ADICIONAN TRES PÁRRAFOS A DICHO PRECEPTO LEGAL, SE ADICIONAN DOS PÁRRAFOS AL ARTÍCULO 138 DE LA LEY DEL SISTEMA DE SEGURIDAD CIUDADANA, PUBLICADO EN LA GACETA OFICIAL DE DICHA ENTIDAD FEDERATIVA EL 2 DE SEPTIEMBRE DE 2021).
BALIZAMIENTO HOMOLOGADO DE LOS VEHÍCULOS OFICIALES UTILIZADOS POR LOS CUERPOS POLICIALES DESTINADOS A REALIZAR FUNCIONES DE SEGURIDAD CIUDADANA EN LA CIUDAD DE MÉXICO. DISPOSICIONES LEGALES QUE IMPONEN CONDICIONES DE HOMOLOGACIÓN AL BALIZAMIENTO DE VEHÍCULOS QUE LLEVEN A CABO FUNCIONES DE SEGURIDAD PÚBLICA EN LAS ALCALDÍAS PARA QUE SEA IGUAL AL DEL RESTO DE LOS CUERPOS POLICIALES DE LA CAPITAL DEL PAÍS Y, TODAVÍA MÁS, FACULTEN AL EJECUTIVO LOCAL A DETERMINAR SU DISEÑO, NO INCIDE DE FORMA ALGUNA EN ATRIBUCIONES CONSTITUCIONALMENTE CONCEDIDAS A AQUELLAS DEMARCACIONES TERRITORIALES, SINO QUE, POR EL CONTRARIO, SON CONSISTENTES CON EL MANDO ÚNICO QUE OPERA EN LA CIUDAD DE MÉXICO AL TENOR DEL ORDEN QUE DERIVA DE LA CONSTITUCIÓN GENERAL (DECRETO POR EL QUE SE MODIFICAN LOS PÁRRAFOS PRIMERO Y SEGUNDO DEL ARTÍCULO 79 DE LA LEY DEL SISTEMA DE SEGURIDAD CIUDADANA DE LA CIUDAD DE MÉXICO Y SE ADICIONAN TRES PÁRRAFOS A DICHO PRECEPTO LEGAL, SE ADICIONAN DOS PÁRRAFOS AL ARTÍCULO 138 DE LA LEY DEL SISTEMA DE SEGURIDAD CIUDADANA, PUBLICADO EN LA GACETA OFICIAL DE DICHA ENTIDAD FEDERATIVA EL 2 DE SEPTIEMBRE DE 2021).
BALIZAMIENTO HOMOLOGADO DE LOS VEHÍCULOS OFICIALES UTILIZADOS POR LOS CUERPOS POLICIALES DESTINADOS A REALIZAR FUNCIONES DE SEGURIDAD CIUDADANA EN LA CIUDAD DE MÉXICO. APORTA SEGURIDAD Y AYUDA A GENERAR CONFIANZA Y CERCANÍA DE LA SOCIEDAD CON LAS INSTITUCIONES PÚBLICAS QUE PRESTAN EL SERVICIO (DECRETO POR EL QUE SE MODIFICAN LOS PÁRRAFOS PRIMERO Y SEGUNDO DEL ARTÍCULO 79 DE LA LEY DEL SISTEMA DE SEGURIDAD CIUDADANA DE LA CIUDAD DE MÉXICO Y SE ADICIONAN TRES PÁRRAFOS A DICHO PRECEPTO LEGAL, SE ADICIONAN DOS PÁRRAFOS AL ARTÍCULO 138 DE LA LEY DEL SISTEMA DE SEGURIDAD CIUDADANA, PUBLICADO EN LA GACETA OFICIAL DE DICHA ENTIDAD FEDERATIVA EL 2 DE SEPTIEMBRE DE 2021).
BALIZAMIENTO HOMOLOGADO DE LOS VEHÍCULOS OFICIALES UTILIZADOS POR LOS CUERPOS POLICIALES DESTINADOS A REALIZAR FUNCIONES DE SEGURIDAD CIUDADANA EN LA CIUDAD DE MÉXICO. EL SISTEMA NORMATIVO QUE IMPONE A LAS ALCALDÍAS EL DEBER DE DESTINAR RECURSOS ASIGNADOS A SU ORDEN DE GOBIERNO, PARA CUMPLIR CON LA OBLIGACIÓN DE IMPLEMANTAR EL BALIZAMIENTO CONFORME A LAS ESPECIFICACIONES TÉCNICAS EXIGIDAS POR EL GOBIERNO DE LA CIUDAD DE MÉXICO, NO TRANSGREDE EL PRINCIPIO DE AUTONOMÍA PRESUPUESTARIA PREVISTA EN EL ARTÍCULO 122, APARTADO A, FRACCIÓN VI, SEGUNDO PÁRRAFO, DE LA CONSTITUCIÓN GENERAL (DECRETO POR EL QUE SE MODIFICAN LOS PÁRRAFOS PRIMERO Y SEGUNDO DEL ARTÍCULO 79 DE LA LEY DEL SISTEMA DE SEGURIDAD CIUDADANA DE LA CIUDAD DE MÉXICO Y SE ADICIONAN TRES PÁRRAFOS A DICHO PRECEPTO LEGAL, SE ADICIONAN DOS PÁRRAFOS AL ARTÍCULO 138 DE LA LEY DEL SISTEMA DE SEGURIDAD CIUDADANA, PUBLICADO EN LA GACETA OFICIAL DE DICHA ENTIDAD FEDERATIVA EL 2 DE SEPTIEMBRE DE 2021).
BALIZAMIENTO HOMOLOGADO DE LOS VEHÍCULOS OFICIALES UTILIZADOS POR LOS CUERPOS POLICIALES DESTINADOS A REALIZAR FUNCIONES DE SEGURIDAD CIUDADANA EN LA CIUDAD DE MÉXICO. LAS DISPOSICIONES QUE LO PREVÉN NO TRANSGREDEN EL PRINCIPIO DE JERARQUÍA NORMATIVA, CON BASE EN EL SUPUESTO DESCONOCIMIENTO DE LA INDEPENDENCIA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA DE LAS ALCALDÍAS, PUES EN TÉRMINOS DE LA CONSTITUCIÓN GENERAL DICHO PRINCIPIO NO IMPERA A FAVOR DE ESAS DEMARCACIONES TERRITORIALES EN MATERIA DE SEGURIDAD PÚBLICA (DECRETO POR EL QUE SE MODIFICAN LOS PÁRRAFOS PRIMERO Y SEGUNDO DEL ARTÍCULO 79 DE LA LEY DEL SISTEMA DE SEGURIDAD CIUDADANA DE LA CIUDAD DE MÉXICO Y SE ADICIONAN TRES PÁRRAFOS A DICHO PRECEPTO LEGAL, SE ADICIONAN DOS PÁRRAFOS AL ARTÍCULO 138 DE LA LEY DEL SISTEMA DE SEGURIDAD CIUDADANA, PUBLICADO EN LA GACETA OFICIAL DE DICHA ENTIDAD FEDERATIVA EL 2 DE SEPTIEMBRE DE 2021).
CONTROVERSIAS CONSTITUCIONALES 4/2022 Y 5/2022
BALIZAMIENTO HOMOLOGADO DE LOS VEHÍCULOS OFICIALES UTILIZADOS POR LOS CUERPOS POLICIALES DESTINADOS A REALIZAR FUNCIONES DE SEGURIDAD CIUDADANA EN LA CIUDAD DE MÉXICO. LAS DISPOSICIONES QUE LO ESTABLECEN NO VIOLAN LA INDEPENDENCIA ADMINISTRATIVA Y DE GESTIÓN DE LAS ALCALDÍAS, NI IRRUMPEN LA COMPETENCIA QUE LA CONSTITUCIÓN GENERAL LES CONFIERE, PORQUE LA DIRECCIÓN DE LOS CUERPOS POLICIALES CORRESPONDE EXCLUSIVAMENTE A LA JEFATURA DE GOBIERNO A TRAVÉS DE LA SECRETARIA DE SEGURIDAD CIUDADANA (ACUERDO 64/2021 POR EL QUE SE EXPIDEN LOS LINEAMIENTOS PARA REGULAR EL DISEÑO, ESPECIFICACIONES Y DEMÁS ELEMENTOS RELACIONADOS CON EL BALIZAMIENTO DE LOS VEHÍCULOS OFICIALES DE LA POLICÍA DE PROXIMIDAD DESTINADOS A REALIZAR FUNCIONES DE SEGURIDAD CIUDADANA EN LAS DEPENDENCIAS, ÓRGANOS DESCONCENTRADOS, ENTIDADES Y ALCALDÍAS DE LA CIUDAD DE MÉXICO Y SU ANEXO TÉCNICO, PUBLICADOS EN LA GACETA OFICIAL DE DICHA ENTIDAD FEDERATIVA EL 18 DE NOVIEMBRE DE 2021).
BALIZAMIENTO HOMOLOGADO DE LOS VEHÍCULOS OFICIALES UTILIZADOS POR LOS CUERPOS POLICIALES DESTINADOS A REALIZAR FUNCIONES DE SEGURIDAD CIUDADANA EN LA CIUDAD DE MÉXICO. LAS NORMAS QUE IMPONEN A LAS ALCALDÍAS EL DEBER DE DESTINAR RECURSOS ASIGNADOS A SU ORDEN DE GOBIERNO, PARA CUMPLIR CON LA OBLIGACIÓN DE IMPLEMANTAR EL BALIZAMIENTO CONFORME A LAS ESPECIFICACIONES TÉCNICAS EXIGIDAS POR EL GOBIERNO DE LA CIUDAD DE MÉXICO, NO TRANSGREDEN EL PRINCIPIO DE AUTONOMÍA PRESUPUESTARIA PREVISTA EN EL ARTÍCULO 122, APARTADO A, FRACCIÓN VI, SEGUNDO PÁRRAFO, DE LA CONSTITUCIÓN GENERAL (ACUERDO 64/2021 POR EL QUE SE EXPIDEN LOS LINEAMIENTOS PARA REGULAR EL DISEÑO, ESPECIFICACIONES Y DEMÁS ELEMENTOS RELACIONADOS CON EL BALIZAMIENTO DE LOS VEHÍCULOS OFICIALES DE LA POLICÍA DE PROXIMIDAD DESTINADOS A REALIZAR FUNCIONES DE SEGURIDAD CIUDADANA EN LAS DEPENDENCIAS, ÓRGANOS DESCONCENTRADOS, ENTIDADES Y ALCALDÍAS DE LA CIUDAD DE MÉXICO Y SU ANEXO TÉCNICO, PUBLICADOS EN LA GACETA OFICIAL DE DICHA ENTIDAD FEDERATIVA EL 18 DE NOVIEMBRE DE 2021).
BALIZAMIENTO HOMOLOGADO DE LOS VEHÍCULOS OFICIALES UTILIZADOS POR LOS CUERPOS POLICIALES DESTINADOS A REALIZAR FUNCIONES DE SEGURIDAD CIUDADANA EN LA CIUDAD DE MÉXICO. LAS DISPOSICIONES QUE LO PREVÉN NO TRANSGREDEN EL PRINCIPIO DE JERARQUÍA NORMATIVA, CON BASE EN EL SUPUESTO DESCONOCIMIENTO DE LA INDEPENDENCIA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA DE LAS ALCALDÍAS, PUES EN TÉRMINOS DE LA CONSTITUCIÓN GENERAL DICHO PRINCIPIO NO IMPERA A FAVOR DE ESAS DEMARCACIONES TERRITORIALES EN MATERIA DE SEGURIDAD PÚBLICA (ACUERDO 64/2021 POR EL QUE SE EXPIDEN LOS LINEAMIENTOS PARA REGULAR EL DISEÑO, ESPECIFICACIONES Y DEMÁS ELEMENTOS RELACIONADOS CON EL BALIZAMIENTO DE LOS VEHÍCULOS OFICIALES DE LA POLICÍA DE PROXIMIDAD DESTINADOS A REALIZAR FUNCIONES DE SEGURIDAD CIUDADANA EN LAS DEPENDENCIAS, ÓRGANOS DESCONCENTRADOS, ENTIDADES Y ALCALDÍAS DE LA CIUDAD DE MÉXICO Y SU ANEXO TÉCNICO, PUBLICADOS EN LA GACETA OFICIAL DE DICHA ENTIDAD FEDERATIVA EL 18 DE NOVIEMBRE DE 2021).