Sesión del 04 de Noviembre de 2024

Fecha:

ACCIÓN DE INCONSTITUCIONALIDAD 146/2021

DELITO DE ABANDONO DE MUJER EMBARAZADA EN EL ESTADO DE GUERRERO. LA PREVISIÓN NORMATIVA SEGÚN LA CUAL LO COMETE QUIEN, A PESAR DE QUE CUENTE A SU DISPOSICIÓN DE RECURSOS MATERIALES PARA SU SUBSISTENCIA, ABANDONE A UNA MUJER A LA QUE SABE HA EMBARAZADO, SI ÉSTA CARECE DE LOS RECURSOS NECESARIOS PARA ATENDER A SU ALIMENTACIÓN, HABITACIÓN Y SALUD, NO VIOLA EL PRINCIPIO DE TAXATIVIDAD EN MATERIA PENAL (ARTÍCULO 169 BIS, PÁRRAFO PRIMERO, SALVO EN SU PORCIÓN NORMATIVA “Y PRIVACIÓN DE DERECHOS FAMILIARES”, DEL CÓDIGO PENAL PARA EL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE GUERRERO).

DELITO DE ABANDONO DE MUJER EMBARAZADA EN EL ESTADO DE GUERRERO. AL SANCIONAR A QUIEN, A PESAR DE QUE CUENTE A SU DISPOSICIÓN DE RECURSOS MATERIALES PARA SU SUBSISTENCIA, ABANDONE A UNA MUJER A LA QUE SABE HA EMBARAZADO, SI ÉSTA CARECE DE LOS RECURSOS NECESARIOS PARA ATENDER A SU ALIMENTACIÓN, HABITACIÓN Y SALUD, NO VIOLA EL PRINCIPIO DE MÍNIMA INTERVENCIÓN O ULTIMA RATIO EN MATERIA PENAL (ARTÍCULO 169 BIS, PÁRRAFO PRIMERO, SALVO EN SU PORCIÓN NORMATIVA “Y PRIVACIÓN DE DERECHOS FAMILIARES”, DEL CÓDIGO PENAL PARA EL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE GUERRERO).

DELITO DE ABANDONO DE MUJER EMBARAZADA EN EL ESTADO DE GUERRERO. AL SANCIONAR CON SEIS MESES A TRES AÑOS DE PRISIÓN A QUIEN, A PESAR DE QUE CUENTE A SU DISPOSICIÓN DE RECURSOS MATERIALES PARA SU SUBSISTENCIA, ABANDONE A UNA MUJER A LA QUE SABE HA EMBARAZADO, SI ÉSTA CARECE DE LOS RECURSOS NECESARIOS PARA ATENDER A SU ALIMENTACIÓN, HABITACIÓN Y SALUD, NO VIOLA EL PRINCIPIO DE INTERÉS SUPERIOR DEL NIÑO, EN RELACIÓN CON EL DERECHO DE PROTECCIÓN DE LA FAMILIA (ARTÍCULO 169 BIS, PÁRRAFO PRIMERO, SALVO EN SU PORCIÓN NORMATIVA “Y PRIVACIÓN DE DERECHOS FAMILIARES”, DEL CÓDIGO PENAL PARA EL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE GUERRERO).

DELITO DE ABANDONO DE MUJER EMBARAZADA EN EL ESTADO DE GUERRERO. LA SANCIÓN PARA QUIEN LO COMETE, CONSISTENTE PRIVAR DE LOS DERECHOS FAMILIARES, VIOLA EL PRINCIPIO DE TAXATIVIDAD EN MATERIA PENAL Y LA PROHIBICIÓN DE IMPONER PENAS FIJAS (INVALIDEZ DEL ARTÍCULO 169 BIS, PÁRRAFO PRIMERO, EN SU PORCIÓN NORMATIVA “Y PRIVACIÓN DE DERECHOS FAMILIARES”, DEL CÓDIGO PENAL PARA EL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE GUERRERO).

DELITO DE FRAUDE FAMILIAR EN EL ESTADO DE GUERRERO. LA SANCIÓN A QUIEN LO COMETÉ, CONSISTENTE EN “MULTA DE TRESCIENTOS SESENTA VECES DE LA UNIDAD DE MEDIDA Y ACTUALIZACIÓN”, ES CONTRARIA AL PRINCIPIO DE PROPORCIONALIDAD DE LAS PENAS (INVALIDEZ DEL ARTÍCULO 205 BIS, EN SU PORCIÓN NORMATIVA “Y MULTA DE TRESCIENTOS SESENTA VECES DE LA UNIDAD DE MEDIDA Y ACTUALIZACIÓN”, DEL CÓDIGO PENAL PARA EL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE GUERRERO).

ACCIÓN DE INCONSTITUCIONALIDAD. DECLARACIÓN DE INVALIDEZ DE UNA NORMA PENAL CON EFECTOS RETROACTIVOS AL MOMENTO DE SU ENTRADA EN VIGOR, A PARTIR DE LA NOTIFICACIÓN DE LOS PUNTOS RESOLUTIVOS DE LA SENTENCIA AL PODER LEGISLATIVO DE LA ENTIDAD FEDERATIVA CORRESPONDIENTE (INVALIDEZ DE LOS ARTÍCULOS 169 BIS, PÁRRAFO PRIMERO, EN SU PORCIÓN NORMATIVA "Y PRIVACIÓN DE DERECHOS FAMILIARES", Y 205 BIS, EN SU PORCIÓN NORMATIVA "Y MULTA DE TRESCIENTOS SESENTA VECES DE LA UNIDAD DE MEDIDA Y ACTUALIZACIÓN", DEL CÓDIGO PENAL PARA EL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE GUERRERO).

CONTROVERSIA CONSTITUCIONAL 57/2024

PERMISOS PARA CONSTRUCCIÓN Y REMODELACIÓN DE POZOS DE EXTRACCIÓN DE HIDROCARBUROS. LAS DISPOSICIONES LOCALES QUE ESTABLEZCAN UN PAGO POR EL OTORGAMIENTO DE ÉSTOS SE RELACIONAN DIRECTAMENTE CON LAS ACTIVIDADES DE EXPLORACIÓN Y EXTRACCIÓN DE HIDROCARBUROS, EN TÉRMINOS DE LAS FRACCIONES XIV Y XV DEL ARTÍCULO 4 DE LA LEY DE HIDROCARBUROS, POR LO QUE SE TRATA DE CONTRIBUCIONES QUE RECAEN SOBRE UN ÁMBITO RESERVADO A LA FEDERACIÓN (INVALIDEZ DEL DEL ARTÍCULO 34, FRACCIONES X Y XI, DE LA LEY DE INGRESOS DEL MUNICIPIO DE SABINAS, COAHUILA DE ZARAGOZA, PARA EL EJERCICIO FISCAL DE 2024).