CONTROVERSIA CONSTITUCIONAL. SOBRESEIMIENTO RESPECTO DE LA NORMA GENERAL IMPUGNADA (SOBRESEIMIENTO RESPECTO DE LOS ARTÍCULOS 55, 57, CON EXCEPCIÓN DE SU PÁRRAFO DÉCIMO PRIMERO, 58, 65 Y 66, 94 Y 95 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE BAJA CALIFORNIA, ASÍ COMO LOS ARTÍCULOS TRANSITORIOS TERCERO, CUARTO, SÉPTIMO, OCTAVO, NOVENO Y DÉCIMO SEGUNDO DEL DECRETO)
DECLARATORIA GENERAL DE INCONSTITUCIONALIDAD 3/2023
DECLARATORIA GENERAL DE INCONSTITUCIONALIDAD. PROCEDE DESESTIMAR EL ASUNTO, RESPECTO DEL ARTÍCULO 142, FRACCIÓN I, DE LA LEY DE INSTITUCIONES DE CRÉDITO, AL NO ALCANZARSE LA VOTACIÓN CALIFICADA PARA EMITIR LA DECLARATORIA, EN TÉRMINOS DEL PUNTO SÉPTIMO, PÁRRAFO SEGUNDO, DEL ACUERDO GENERAL PLENARIO 15/2013.
ACCESO A LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE TRANSPORTE CONTRATADO A TRAVÉS DE PLATAFORMAS TECNOLÓGICAS O DIGITALES. EL REQUISITO DE NO CONTAR CON ANTECEDENTES PENALES, A EFECTO DE SER ACREDITADA COMO PERSONA CONDUCTORA PARA LA PRESTACIÓN DE ESE SERVICIO, TRANSGREDE EL DERECHO DE IGUALDAD Y LA LIBERTAD DE TRABAJO (INVALIDEZ DEL ARTÍCULO 151, FRACCIÓN IX, DE LA LEY DE MOVILIDAD PARA EL ESTADO DE QUINTANA ROO).