"Se levanta la suspensión del presente procedimiento decretada en acuerdo de diecisiete de marzo de dos mil veinte, prorrogada en proveídos de veinte de abril y de tres de agosto del año en curso, considerando que el Acuerdo General de Administración V/2020 del Presidente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, contiene las reglas para continuar con la integración de los expedientes de responsabilidad administrativa en formato electrónico, por lo que se deberá continuar con la integración del expediente en los términos previstos en el citado Acuerdo General de Administración."