Se recibe oficio con el que se remite expediente de investigación SCJN/UGIRA/EPRA/003-2019 y sus acumulados SCJN/UGIRA/EPRA/006-2019 y SCJN/UGIRA/EPRA/012-2019, que contiene informe de presunta responsabilidad administrativa. Con apoyo en los artículos 195, 208, fr. I y 209 párrafo primero y segundo de la Ley General de Responsabilidades Administrativas, se previene a la Unidad General de Investigación de Responsabilidades Administrativas para que realice lo que se indica, en caso de no atender lo anterior, se tendrá por no presentado el informe de presunta responsabilidad administrativa.