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TEMA:
RESARCIMIENTO E INDEMNIZACIÓN EN ACCIÓN GRUPAL

TÍTULO

RESARCIMIENTO E INDEMNIZACIÓN A CONSUMIDORES DE SERVICIOS DE TELEFONÍA POR FALLAS EN LA PRESTACIÓN

INFORMACIÓN DE LA SENTENCIA

AMPARO DIRECTO EN REVISIÓN 6667/2019

AÑO DE RESOLUCIÓN

PONENTE

MINISTRO JUAN LUIS GONZÁLEZ ALCÁNTARA CARRANCÁ

SECRETARIA (O)

MÓNICA CACHO MALDONADO

FERNANDO SOSA PASTRANA

RESUMEN

Una empresa de telefonía tuvo múltiples fallas en el suministro de su servicio telefónico y afecto a varios usuarios. La Procuraduría Federal del Consumidor en representación de las y los consumidores afectados demandó, por vía de una acción grupal, el pago de daños y perjuicios a la empresa telefónica.

En la sentencia del juicio se determinó que los usuarios deberían demostrar individualmente las afectaciones por la deficiencia de los servicios. En desacuerdo, la Profeco interpuso un amparo directo.

Al resolver el caso, la Suprema Corte de Justicia concluyó que la demostración individual de la afectación implicaba una carga excesiva para las personas perjudicadas.

CONCEPTOS RELACIONADOS

Resarcimiento | Indemnización | Daños | Perjuicios | Afectación

TEMA:
REPARACIÓN INTEGRAL DEL DAÑO EN DELITOS PATRIMONIALES

TÍTULO

ES INCONSTITUCIONAL LA NORMA QUE IMPIDE LA REPARACIÓN INTEGRAL DEL DAÑO EN DELITOS PATRIMONIALES

INFORMACIÓN DE LA SENTENCIA

AMPARO DIRECTO EN REVISIÓN 6312/2018

AÑO DE RESOLUCIÓN

PONENTE

MINISTRO JUAN LUIS GONZÁLEZ ALCÁNTARA CARRANCÁ

SECRETARIO

HORACIO VITE TORRES

RESUMEN

Una persona cometió el delito de fraude en contra de un gran número de afectados. Los quejosos, víctimas del delito, alegaron que el artículo 8, fracción III, segundo párrafo, del Código Penal del Estado de México era inconstitucional porque impedía la reparación integral del daño.

El problema jurídico consistió en determinar si este artículo impedía la reparación integral del daño a las víctimas de delitos patrimoniales.

CONCEPTOS RELACIONADOS

Reparación | Integral | Daño | Delitos | Patrimoniales

TEMA:
CLÁUSULAS CONTRACTUALES INCONVENCIONALES

TÍTULO

OBLIGACIÓN DE JUZGAR CON PERSPECTIVA DE GÉNERO

INFORMACIÓN DE LA SENTENCIA

AMPARO DIRECTO EN REVISIÓN 9/2021

AÑO DE RESOLUCIÓN

PONENTE

MINISTRO JUAN LUIS GONZÁLEZ ALCÁNTARA CARRANCÁ

SECRETARIOS

FERNANDO SOSA PASTRANA

PABLO FRANCISCO MUÑOZ DÍAZ

RESUMEN

Una mujer y un hombre se casaron y tuvieron dos hijos. Sin embargo, decidieron terminar su matrimonio, por lo que celebraron un convenio de divorcio en el que pactaron que el hombre le donaría una casa a su exesposa y a sus dos hijos, de manera que la nuda propiedad del inmueble fue donada a sus dos hijos y se constituyó un usufructo vitalicio en favor de la mujer.

Al analizar el caso, la Primera Sala advirtió que en el convenio referido se pactaron una serie de condiciones resolutorias que son inconstitucionales e inconvencionales.

En este sentido, el Alto Tribunal concluyó que el principio de la autonomía de la voluntad está limitado por el ejercicio de los derechos humanos que reconoce nuestra Constitución.

CONCEPTOS RELACIONADOS

Inconvencionalidad | Cláusulas | Autonomía | Voluntad | Género

TEMA:
COMPENSACIÓN ECONÓMICA A FAVOR DE CÓYUGE DEDICADO A LAS TAREAS DEL HOGAR

TÍTULO

EL DERECHO A LA COMPENSACIÓN ECONÓMICA EN FAVOR DEL CÓNYUGE QUE SE DEDICÓ PREPONDERANTEMENTE A LAS TAREAS DEL HOGAR, NO PUEDE DEPENDER DEL RECONOCIMIENTO EXPRESO QUE HAGA CADA LEGISLACIÓN ESTATAL

INFORMACIÓN DE LA SENTENCIA

AMPARO DIRECTO EN REVISIÓN 7653/2019

AÑO DE RESOLUCIÓN

PONENTE

MINISTRA ANA MARGARITA RÍOS FARJAT

SECRETARIA

MARÍA ELENA CORRAL GOYENECHE

RESUMEN

Una mujer promovió juicio de amparo directo en el que planteó la inconstitucionalidad del artículo 162 del Código Civil para el Estado de Veracruz, vigente hasta el diez de junio de dos mil veinte, por no prever el pago de una pensión compensatoria sobre los bienes adquiridos durante el matrimonio celebrado bajo el régimen de separación de bienes, lo cual estimó violatorio del principio de igualdad entre cónyuges.

El Tribunal Colegiado negó el amparo, por lo que la mujer interpuso el presente recurso de revisión.

La Primera Sala analizó la constitucionalidad del artículo impugnado, a la luz del derecho de igualdad entre cónyuges y los límites de la libertad configurativa de los estados, conforme a lo cual determinó que el derecho a obtener una compensación económica no puede depender del reconocimiento expreso que haga cada legislación estatal.

CONCEPTOS RELACIONADOS

Compensación | Económica | Igualdad | Cónyuge | Hogar

TEMA:
FILIACIÓN POR SOLIDARIDAD HUMANA CON BASE EN RECONOCIMIENTO

TÍTULO

FILIACIÓN POR SOLIDARIDAD HUMANA

INFORMACIÓN DE LA SENTENCIA

AMPARO DIRECTO 18/2020

AÑO DE RESOLUCIÓN

PONENTE

MINISTRA ANA MARGARITA RÍOS FARJAT

SECRETARIA

MARÍA ELENA CORRAL GOYENECHE

RESUMEN

En este asunto, la hija biológica de una señora que falleció, demandó la nulidad del acta de nacimiento de su hermana, quien fue acogida y registrada por su madre como si fuera hija propia, ante la existencia de un acta de nacimiento anterior, con la finalidad de privarla de derechos hereditarios.

El juez familiar rechazó la petición de nulidad por falta de legitimación en el proceso de la demandante. El tribunal de apelación revocó esta determinación y declaró la nulidad de la segunda acta de nacimiento. La hija no biológica promovió juicio de amparo directo que fue atraído por la Suprema Corte de Justicia de la Nación para su resolución.

La Primera Sala concedió la protección federal a la solicitante de amparo, sobre la base de que, si bien la hija biológica de la de la señora que falleció (de cujus) sí tiene legitimación para demandar la nulidad expresada, esta alegación debe desestimarse porque del análisis de las particularidades del caso, se advierte que de acogerse la nulidad de la segunda acta, se causaría una afectación a la persona en sus derechos de la personalidad (identidad, nombre y filiación) que es mayor, en comparación con aquella que pudiera ocasionarse al interés social o al orden público.

CONCEPTOS RELACIONADOS

Filiación | Solidaridad | Nombre | Identidad | Familia

TEMA:
EXPEDICIÓN DE PÓLIZA DE SEGURO DE GASTOS MÉDICOS A PERSONA CON DISCAPACIDAD

TÍTULO

ADMISIÓN DE DEMANDA DE AMPARO CUANDO ASEGURADORA NIEGA LA EXPEDICIÓN DE LA PÓLIZA DE SEGURO DE GASTOS MÉDICOS A UNA PERSONA CON DISCAPACIDAD

INFORMACIÓN DE LA SENTENCIA

RECURSO DE QUEJA 40/2020

AÑO DE RESOLUCIÓN

PONENTE

MINISTRA ANA MARGARITA RÍOS FARJAT

SECRETARIA

IRLANDA DENISSE ÁVALOS NÚÑEZ

RESUMEN

Los padres de un niño recién nacido con Trisomía 21 (síndrome de Down) solicitaron a una compañía aseguradora la inclusión de su hijo en la póliza del seguro de gastos médicos mayores contratada a favor de la madre del niño, en términos del propio contrato de seguro.

La compañía aseguradora rechazó la solicitud, bajo el argumento de que el niño presentaba bajo peso y padecimientos sistémicos.

Inconforme, el padre, en representación de su hijo, promovió amparo indirecto en el que argumentó que el verdadero motivo del rechazó se sustentó en la diversidad funcional de su hijo, lo cual resultaba discriminatorio.

El Juez de Distrito desechó la demanda de amparo bajo la consideración de que la aseguradora carece del carácter de autoridad para efectos del juicio de amparo. Por esta razón, el señor interpuso recurso de queja, el cual fue atraído por la Primera Sala.

CONCEPTOS RELACIONADOS

Póliza | Gastos | Médicos | Discapacidad | Aseguradora

TEMA:
PROCEDENCIA DE RECLAMO DE DAÑO MORAL EN LA PARTE AFECTIVA

TÍTULO

PROCEDENCIA DEL RECLAMO DE DAÑO MORAL A UNA EMPRESA POR EL FALLECIMIENTO DE UNA EMPLEADA EN SUS INSTALACIONES

INFORMACIÓN DE LA SENTENCIA

AMPARO DIRECTO EN REVISIÓN 5505/2017

AÑO DE RESOLUCIÓN

PONENTE

MINISTRA ANA MARGARITA RÍOS FARJAT

SECRETARIA

IRLANDA DENISSE ÁVALOS NÚÑEZ

RESUMEN

Una persona demandó, en la vía ordinaria civil, el pago de una indemnización por daño moral a una empresa en la que laboraba su madre, pues esta última falleció en sus instalaciones.

La parte actora consideró que la empresa incurrió en una conducta ilícita por: 1) no proveer la seguridad adecuada a su madre en el trabajo; 2) el retraso injustificado de su personal en la búsqueda y localización oportuna de su madre, así como en dar noticia del deceso a las autoridades; 3) la incertidumbre sobre las verdaderas circunstancias, motivos y lugar del fallecimiento, y 4) la falta de atención, apoyo e información al actor y sus demás familiares con motivo de los hechos.

En primera instancia se declaró fundada la acción y se condenó a la empresa a pagar por el daño moral ocasionado. Inconformes, las partes interpusieron recurso de apelación. La Sala civil revocó la sentencia y absolvió a la empresa, al considerar que no se acreditó la conducta ilícita.

En desacuerdo con esa determinación, la parte actora promovió juicio de amparo, el cual fue negado por el Tribunal Colegiado bajo el argumento de que los hechos ilícitos en que sustentó su acción no se ubican en ninguno de los supuestos previstos en el segundo párrafo del artículo 7.156 Código Civil del Estado de México.

Por esta razón, el quejoso impugnó la constitucionalidad del citado artículo en el recurso de revisión, al considerar que limita injustificadamente su derecho a una justa indemnización y a la dignidad humana.

CONCEPTOS RELACIONADOS

Procedencia | Daño | Moral | Afectivo | Indemnización

TEMA:
CONDENA EN CÁRCEL CERCANA A DOMICILIO

TÍTULO

LAS PERSONAS SUJETAS A PRISIÓN PREVENTIVA NO GOZAN DE LA PRERROGATIVA DE SER RECLUIDAS EN UN CENTRO DE INTERNAMIENTO CERCANO A SU DOMICILIO DURANTE SU JUICIO, ESPECIALMENTE CUANDO SON PROCESADAS POR DELITOS DE DELINCUENCIA ORGANIZADA

INFORMACIÓN DE LA SENTENCIA

AMPARO EN REVISIÓN 248/2021

AÑO DE RESOLUCIÓN

PONENTE

MINISTRO JUAN LUIS GONZÁLEZ ALCÁNTARA CARRANCÁ

SECRETARIA

ROSALBA RODRÍGUEZ MIRELES

RESUMEN

Una persona sujeta a prisión preventiva por el delito de delincuencia organizada promovió amparo indirecto en contra de la determinación que negó su solicitud de ser trasladado al Centro Federal de Readaptación Social más cercano a su domicilio.

La Primera Sala analizó si la prerrogativa que permite a las personas privadas de la libertad a ser recluidas en un centro de internamiento más cercano a su domicilio es extensiva para aquellas personas procesadas por el delito de delincuencia organizada.

CONCEPTOS RELACIONADOS

Delincuencia | Organizada | Cárcel | Cercano | Domicilio

TEMA:
SUSPENSIÓN DE PROCESOS POR SALA INDÍGENA

TÍTULO

SUSPENSIÓN DE PROCESOS DE JURISDICCIÓN ORDINARIA COMO MEDIDA CAUTELAR DERIVADA DE UN PROCESO DE JURISDICCIÓN INDÍGENA

INFORMACIÓN DE LA SENTENCIA

AMPARO EN REVISIÓN 202/2021

AÑO DE RESOLUCIÓN

PONENTE

MINISTRO JUAN LUIS GONZÁLEZ ALCÁNTARA CARRANCÁ

SECRETARIO

PABLO FRANCISCO MUÑOZ DÍAZ

RESUMEN

Una persona proveniente de una comunidad indígena denunció a otras once personas indígenas frente al Ministerio Público, por haber cometido los delitos de daño y robo. No obstante, los once acusados también promovieron un juicio de derecho indígena en contra del Ministerio Público y el Juez, esto con la finalidad de que se resolviera el conflicto mediante el sistema normativo indígena.

La Sala de derecho indígena determinó, como medida cautelar, suspender el proceso penal hasta que se dictara una resolución de fondo en el procedimiento jurisdiccional de la comunidad. Inconforme con esta determinación, el denunciante promovió un juicio de amparo por considerar que se violaba su derecho al acceso a la justicia, el cual le fue concedido para que el procedimiento penal ordinario no quedara paralizado de forma total.

Finalmente, los imputados promovieron el recurso de revisión y le solicitaron a la Suprema Corte de Justicia de la Nación para que resolviera si el reconocimiento de la jurisdicción indígena implica que se suspendan completamente los procesos de jurisdicción ordinaria, cuando tratan intereses de personas indígenas.

CONCEPTOS RELACIONADOS

Suspensión | Procesos | Jurisdicción | Indígena | Ordinaria

TEMA:
PERSPECTIVA DE GÉNERO Y PRUEBAS DE OFICIO

TÍTULO

PERSPECTIVA DE GÉNERO EN CASOS DE RESPONSABILIDAD CIVIL. OBLIGACIÓN DE RECABAR PRUEBAS DE OFICIO

INFORMACIÓN DE LA SENTENCIA

AMPARO DIRECTO EN REVISIÓN 724/2021

AÑO DE RESOLUCIÓN

PONENTE

MINISTRO JUAN LUIS GONZÁLEZ ALCÁNTARA CARRANCÁ

SECRETARIOS

FERNANDO SOSA PASTRANA

PABLO FRANCISCO MUÑOZ DÍAZ

RESUMEN

Una mujer demandó en su nombre y en representación de sus dos menores hijos, la responsabilidad civil derivada del daño moral ocasionado por violencia en el ámbito familiar. Al respecto, el tribunal consideró que si bien se encontraba probada la violencia familiar efectuada en contra de la quejosa, el daño psicológico o emocional no se estaba acreditado.

Lo anterior, debido a que la prueba idónea para demostrar el daño es la pericial en psicología y esta no fue ofrecida ni desahogada durante el procedimiento. Esto, sin que se pudiera, bajo el método de perspectiva de género y en suplencia de la queja, solicitar la reposición del procedimiento para que se desahogara la pericial referida.

En el presente asunto, la Primera Sala analizó la obligación de juzgar con perspectiva de género y la suplencia de la queja en lo que respecta a las cargas probatorias en casos de responsabilidad civil donde se reclame un daño moral por violencia familiar en su vertiente psicológica.

CONCEPTOS RELACIONADOS

Perspectiva | Género | Pruebas | Daño | Suplencia